Estrasburgo pregunta a España si avala el fallo del Supremo sobre el «procés»
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El Gobierno debe aclarar antes del 12 de enero si las penas fueron excesivas
23 sep 2023 . Actualizado a las 05:00 h.Con una ley de amnistía sobre la mesa para una futura investidura de Pedro Sánchez, el Gobierno en funciones debe aclarar antes del 12 de enero si el Tribunal Supremo se excedió o no en las condenas a nueve líderes separatistas catalanes por el procés en el año 2019. Así lo ha requerido el Tribunal de Estrasburgo, que notificó ayer que ha admitido a trámite los recursos de los nueve procesados, con penas de hasta 13 años de prisión e inhabilitación por organizar el referendo del 1-O, después de que el Constitucional los rechazara.
En plena negociación política con formaciones independentistas de Cataluña para asegurar otros cuatro años de Gobierno socialista, el responsable de responder las seis preguntas formuladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre si España cumplió o no la ley en este proceso penal será la Abogacía del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia.
Los nueve dirigentes que pidieron el año pasado que se revisase su sentencia alegando que se vulneraron sus derechos fundamentales son seis exconsejeros —Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa, Joaquim Forn y Josep Rull—; la expresidenta del Parlamento catalán, Carmen Forcadell; y los entonces líderes de dos organizaciones civiles independentistas: Jordi Sànchez, expresidente de la ACN, y Jordi Cuixart, presidente de Ómnium Cultural.
Las defensas de los condenados alegan que se vulneraron los artículos 5, 6, 7, 10 y 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La primera pregunta plantea si se hizo una «interpretación expansiva de los delitos de sedición y de malversación de caudales públicos». Otros interrogantes cuestionan si los procesados ejercían su derecho a la libertad de expresión y reunión cuando participaron en manifestaciones a favor de la independencia, si se vulneró su derecho a la libertad y seguridad al cumplir penas de cárcel «desproporcionadas», y si fueron condenados por acciones —como la consulta del 1-O — que no constituían una infracción.
Los abogados del Estado deben contestar esta batería de preguntas cuando el delito principal de aquel proceso —la sedición— ya no existe en el ordenamiento jurídico español y cuando varios de los recurrentes ya fueron beneficiados con indultos parciales en el 2021 con la condición de que no volvieran a delinquir.
Revisión de condenas
Ante esta petición de Estrasburgo, es necesario recordar que el Supremo revisó el pasado mes de febrero las penas de inhabilitación, dado que las de prisión ya habían sido indultadas, de Forcadell, Rull, Forn, Sànchez y Cuixart, que supuso la extinción de las mismas.
El Gobierno español debe confirmar o desmentir la existencia de errores o excesos en la sentencia del Supremo sobre el procés, cuando Carles Puigdemont, expresidente de Cataluña, acaba de señalar como una de las condiciones para facilitar la investidura de Sánchez el «abandono completo y efectivo de la vía judicial contra el independentismo» y el propio Sánchez reconoció que apuesta por «devolver a la vía política lo que nunca tuvo que salir de la política».