El Supremo deniega una consulta para convertir La Línea de la Concepción en ciudad autónoma

La Voz REDACCIÓN

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José Juan Franco, alcalde de la localidad gaditana de La Línea de la Concepción
José Juan Franco, alcalde de la localidad gaditana de La Línea de la Concepción

El tribunal explica que no forma parte de la competencia municipal la transformación pretendida por el Ayuntamiento e insiste en que privaría a Andalucía de una parte de su territorio

28 sep 2023 . Actualizado a las 13:09 h.

El Tribunal Supremo ha confirmado el acuerdo del Gobierno de 25 de octubre de 2022, que denegó al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) una autorización para la celebración de una consulta popular con el objetivo de convertirse en ciudad autónoma, con un estatus simular a los de Ceuta y Melilla.

En una sentencia el alto tribunal desestima el recurso del consistorio al considerar que una consulta como la pretendida no puede ampararse en el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local en la medida en la que «incide en la organización territorial del Estado y de las comunidades autónomas». Comenta que es una «materia extremadamente delicada sobre la que cualquier alteración excede absolutamente de los intereses meramente locales».

El tribunal señala que parece claro que la conversión pretendida «afecta directamente al ordenamiento estatal y autonómico pues incide en la organización territorial del Estado y altera la composición de Andalucía y por tanto su estatuto de autonomía y es ajena a la competencia municipal».

El Pleno del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción aprobó el 10 de marzo del 2022, sin votos en contra y dos abstenciones, la celebración, previa autorización del Consejo de Ministros, de una consulta popular. En la misma se preguntaría al ciudadano si cree conveniente que el ayuntamiento elevara al Gobierno y a las Cortes una petición para instar dicha conversión.

El Consejo de Ministros denegó la autorización solicitada por exceder lo previsto en el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. Este precepto establece que «los alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la hacienda local».

El Supremo explica que no forma parte de la competencia municipal la transformación pretendida por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción e insiste en que privaría a Andalucía de una parte de su territorio. Y aclara que en nada se parece a la consulta autorizada a los ayuntamientos de Villanueva de la Serena y Don Benito (Badajoz), ya que en este caso se refería a la fusión de ambos municipios.

Por todo ello el tribunal concluye que «es correcta materialmente la denegación de la autorización solicitada aunque formalmente haya habido pasividad injustificada en la tramitación del procedimiento».