El PP registra una reforma del reglamento del Senado para poder retrasar la tramitación de la ley de amnistía

La Voz REDACCIÓN

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El presidente del Senado, Pedro Rollán
El presidente del Senado, Pedro Rollán JJ Guillen | EFE

Los populares sostienen que buscan dar más tiempo a los senadores para paliar el déficit de documentación, así como el debate y la participación social

02 nov 2023 . Actualizado a las 18:57 h.

El Grupo Popular ha presentado una reforma del reglamento del Senado para dar potestad a la Mesa de la Cámara Alta, donde los de Alberto Núñez Feijoo cuentan con mayoría absoluta, para decidir si es pertinente o no aplicar el procedimiento de urgencia a las proposiciones de ley. De esta forma, los populares abren la puerta a poder dilatar la tramitación de la ley de amnistía que podrían registrar en breve los socialistas y sus socios. El PP ya había anunciado que utilizará todas las herramientas del Estado de derecho para frenar la ley de Amnistía, que considera «inconstitucional», «inmoral» y «un fraude» a los electores, dado que no la votaron en las urnas el pasado 23 de julio.

Aparte de presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional si la norma se aprueba, como anunció el propio Feijoo, el PP recurrirá a la movilización en la calle -ya ha realizado varios actos contra la amnistía- pero también hará uso de la vía parlamentaria y institucional.

Por lo pronto, y a la espera de que el PSOE y sus socios registren la ley de amnistía en el Congreso, el Grupo Popular ha presentado este jueves en el Senado una propuesta de reforma del Reglamento de la Cámara Alta por la que se modifica el artículo 133.

Según este artículo, en los proyectos de Ley declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados, el Senado dispone de un plazo de 20 días naturales para ejercitar sus facultades de orden legislativo. Asimismo, la Mesa del Senado, de oficio o propuesta de un grupo parlamentario o de 25 senadores podrá decidir la aplicación del procedimiento de urgencia.

Además, el artículo añade que en las proposiciones de ley la Mesa del Senado podrá decidir la aplicación del procedimientos de urgencia, cuando así lo solicite el Gobierno o el Congreso de los Diputados, o también actuando de oficio o a propuesta de un grupo parlamentario o de 25 senadores.

En la exposición de motivos de su propuesta de reforma, el PP explica que la Carta Magna en su artículo 90 regula la tramitación por el Senado de los proyectos de ley ordinaria u orgánica aprobados por el Congreso, reduciendo a veinte días naturales el plazo de que el Senado dispone para vetar o enmendar los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por la Cámara Baja.

El PP subraya en su iniciativa que el artículo 90 de la Constitución se refiere, por tanto, a los proyectos «pero no a las proposiciones de ley, mediante una literalidad que, tal como demuestran los trabajos parlamentarios, no es casual sino fruto de la voluntad de los constituyentes».

«Aunque en el informe de la ponencia constitucional del 5 de enero de 1978 se empleaba en el primer apartado del artículo la expresión proyecto o proposición de ley, esta fue después sustituida por la que finalmente se aprobó, esto es, 'proyecto de ley ordinaria u orgánica'», según los populares.

El PP asegura que la reforma del Reglamento del Senado que propone «se sitúa en el marco del principio de autonomía reglamentaria de las Cámaras reconocido por el artículo 72.1 y, más concretamente, en el ámbito del apartado 1 del artículo 89 de la Constitución, según el cual «la tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87».

Según el PP, su reforma es «además plenamente acorde con la prioridad de la tramitación parlamentaria de los proyectos sobre las proposiciones de ley establecida por el artículo 105 del Reglamento del Senado».

El PP explica que «el objeto específico de esta reforma reglamentaria no es otra que la de ofrecer mayores oportunidades al rigor y la calidad de la función legislativa del Senado, abriendo la posibilidad de que, en el trámite de las proposiciones de ley,y a diferencia de lo que sucede con los proyectos, los senadores cuenten con el tiempo necesario para poder paliar, al menos, los déficits de documentación y análisis técnico y jurídico, así como de debate público y de participación social, de los que, como la experiencia demuestra, suelen adolecer este tipo de iniciativas legislativas».

Para ello, prosigue el PP, se procede a la modificación del artículo 133 del Reglamento del Senado con el fin de atribuir a la Mesa de la Cámara «la facultad de decidir en cada caso sobre la pertinencia de la tramitación urgente de una proposición de ley».