Rebajan en nueve años la condena a un violador que agredió a una menor

La Voz REDACCIÓN

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Agentes de la Policía Nacional, en una imagen de archivo.
Agentes de la Policía Nacional, en una imagen de archivo. Mariscal | EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estima un recurso del agresor y considera que en dos agresiones sexuales realizadas con solo 20 días de diferencia existió una «continuidad delictiva»

16 nov 2023 . Actualizado a las 20:33 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebajó de 24 a 15 años la pena de prisión a un violador que agredió sexualmente en dos ocasiones a una menor de 14 años al determinar que existió una «continuidad delictiva» en sus actos, que se produjeron con 20 días de diferencia, y no dos delitos independientes por los que inicialmente la Audiencia Provincial de Almería le impuso una pena mayor.

La Sala de Apelación del alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del penado al entender que «es correcto aplicar la continuidad delictiva» en este supuesto con «dos agresiones sexuales producidas sobre la misma víctima, con una diferencia cronológica de algo más de dos semanas» y en «un idéntico escenario», que fue el domicilio del acusado.

Relación de confianza

La resolución adecúa también la pena argumentando la relación de confianza que la menor y su madre tenían en el acusado y las «situaciones favorables singularmente elegidas» por el mismo para perpetrar los delitos, pues siempre buscó momentos en los que se quedaba a solas de noche con la menor mientras que el resto de personas dormían. La sala señala así la jurisprudencia en la que apunta que el comportamiento del acusado puede encuadrarse en una «unidad natural de acción» y entiende que las agresiones se dan bajo un «mismo impulso erótico o episodio de desahogo y satisfacción sexual sin apenas solución de continuidad».

La sentencia rechaza, de otro lado, el resto de motivos de apelación planteados al entender que se vulneraba la presunción de inocencia o que se había dado un error en la valoración de la prueba, sentido en el que el tribunal respalda la versión ofrecida por la víctima sobre lo sucedido, el cual se vio apoyado por la exploración forense realizada por las psicólogas que la entrevistaron.