La ley de amnistía ha cosechado ya varios informes de inconstitucionalidad

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

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De izquierda a derecha, el presidente interino del Consejo General del Poder Judicial, Vicente Guilarte, y el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.
De izquierda a derecha, el presidente interino del Consejo General del Poder Judicial, Vicente Guilarte, y el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. JUAN CARLOS HIDALGO | EFE

El Congreso informó en el 2021 de que la norma no entraba en la carta magna

23 mar 2024 . Actualizado a las 15:47 h.

La ley de amnistía que impulsa el PSOE ha protagonizado varios informes negativos y multitud de pronunciamientos de asociaciones judiciales en contra de su aprobación. Uno de los más relevantes, el de la Comisión de Venecia, no se pronunció sobre su constitucionalidad, al considerar que es tarea de la corte de garantías, pero lamentó que se haya elegido la vía de urgencia y no vaya a exigirse una mayoría muy cualificada para su aprobación.

Comisión de Venecia

Mayoría cualificada. La Comisión de Venecia, órgano consultivo del Consejo de Europa, ha emitido un informe a solicitud del PP sobre la ley de amnistía en España. En ese texto se asegura que hubiera sido preferible que una ley de esta naturaleza se aprobara por una mayoría «muy cualificada» del Congreso, y no por la simple mayoría absoluta por la que pretende hacerlo el Gobierno. La Comisión considera apropiado el objetivo de la «reconciliación», porque «la unidad nacional y la reconciliación social y política son objetivos legítimos», y no aprecia conflicto en la separación de poderes si son los jueces los que ordenan las medidas que benefician a los amparados por la norma. Sin embargo, establece que una amnistía no debe diseñarse para beneficiar a determinados individuos, en lo que parece una alusión al expresidente Carles Puigdemont.

Tampoco ve adecuado este organismo la vía de urgencia utilizada por el Gobierno para aprobar la ley, porque una norma que crea división social debe ser abordada con tiempo suficiente para su debate. Se refieren también al hecho de que la amnistía cubra los delitos de terrorismo, y opinan que el principio rector es que «las amnistías solo son compatibles con los estándares internacionales si se excluyen de su aplicación las violaciones serias de derechos humanos». Respecto al delito de malversación, consideran demasiado «vaga» la redacción actual en la ley y precisan que debe clarificarse el vínculo entre el gasto ilegal de fondos públicos y las convocatorias ilegales de la consulta del 2014 y del 2017.

La Comisión de Venecia se pronunció también sobre la intención de los socios del Gobierno de llamar a declarar ante la comisión de investigación a determinados jueces, y afirman que no es suficiente que los jueces no estén obligados a comparecer, sino que no deberían siquiera ser «invitados» a ir.

Letrados del 2021

Ley inconstitucional. El Partido Socialista se apoyó en el 2021 en un informe de los letrados del Congreso en el que se recordaba que la carta magna prohíbe los indultos generales y el Código Penal solo permite los que se conceden de manera individual, para rechazar la propuesta que hizo ERC. Con ese informe, el PSOE y el PP frenaron la intención de los republicanos de aprobar una ley para amnistiar a los procesados y condenados por el referendo ilegal del 1-O.

Comisión de Justicia

Contra la carta magna. La ley ya fue objeto de debate en la Comisión de Justicia del Congreso. Los letrados adscritos a la Comisión de Justicia mostraron sus dudas sobre la constitucionalidad de la proposición de ley de amnistía y sostuvieron que debe ser «articulada» como una reforma constitucional.

Además, cuestionan la fórmula elegida por los socialistas para incluir en la amnistía las causas por terrorismo que, a su juicio, «puede ser contraria al derecho europeo». Según este informe, la afirmación de que la amnistía de 1977 formó parte «del pacto constitucional» de 1978 no es suficiente para deducir «que la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución». Aseguran, además, que la carta magna prohíbe indultos generales, por lo que la amnistía, de menor alcance, se entiende que está también prohibida.

Los letrados del Senado, el CGPJ y una multitud de asociaciones judiciales se han pronunciado en contra

Los letrados del Senado han concluido también que la proposición de ley de amnistía es inconstitucional en un informe que critica la tramitación y el fondo de esta norma, a la que denomina «reforma encubierta de la Constitución». En un informe jurídico de 69 páginas se dice que «la proposición de ley incurriría en motivos de inconstitucionalidad por vulnerar varios principios, valores y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución». Entre ellos, el valor superior de Justicia y el principio de separación de poderes; el principio de igualdad, de seguridad jurídica y de legalidad penal. Respecto al delito de malversación, indican que con la amnistía «se está eliminando su consideración como infracción penal, aunque sea para un ámbito temporal y personal limitado y concreto», infringiendo la directiva europea.

el poder judicial

Dos informes contradictorios. El Consejo General del Poder Judicial analizó dos informes contradictorios. Uno, de los vocales conservadores, que ve la ley inconstitucional, y otro, de los progresistas, que ve encaje en la carta magna. Finalmente, la mayoría conservadora se impuso y su informe fue aprobado.

Asociaciones

Un alud de pronunciamientos. Al margen de los informes oficiales, existen multitud de asociaciones de todo tipo que se han pronunciado en contra de la ley de amnistía y del lawfare que figura en el acuerdo entre el PSOE y Junts. Entre ellas están la Asociación Profesional de la Magistratura; la Asociación Judicial Francisco de Vitoria; el Foro Judicial Independiente; la Asociación de Fiscales; la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales; la Unión Progresista de Fiscales; Jueces Decanos de España; presidentes de Audiencias Provinciales; la Sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla-La Mancha, de Extremadura y de Aragón; la Asociación de Abogados del Estado; el Ilustre Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia; y el Sindicato de Inspectores de Trabajo, entre otras.