El Supremo rechaza investigar a Bolaños por el caso Begoña y dice que Peinado lo acusó sin indicios

Melchor Sáiz-Pardo MADRID / COLPISA

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Félix Bolaños en el Congreso.
Félix Bolaños en el Congreso. ZIPI ARAGON | EFE

La Sala de lo Penal del alto tribunal no ve señales de delito en el comportamiento del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

15 jul 2025 . Actualizado a las 17:07 h.

Durísimo varapalo del Supremo al juez del caso Begoña Gómez, al que incluso llega a acusar de perseguir a Félix Bolaños sin «indicios fundados» y basándose en teorías sin la «más mínima verosimilitud». La Sala de Admisiones del alto tribunal ha rechazado este martes dar trámite a la petición de Juan Carlos Peinado de imputar a Bolaños por presunta malversación y falso testimonio. Una solicitud que el magistrado había elevado por la declaración de Bolaños en sede judicial sobre Cristina Álvarez, exasistente de la mujer de Sánchez en su desaparecida cátedra extraordinaria de la Complutense.

El pasado 16 de abril, durante un tenso interrogatorio, Bolaños —entonces secretario general de Presidencia— se desvinculó por completo de la contratación en el 2018 de Álvarez y afirmó que la persona encargada de este trámite fue Raúl Díaz, integrante del órgano administrativo de la Secretaría General de Presidencia. Díaz, por su parte, también adujo no saber nada de ese fichaje.

Así las cosas, Peinado remitió el 24 de junio un escrito al Supremo en el que dijo ver indicios contra el ministro por falso testimonio. «Su testimonio, en una actitud totalmente proterva [perversa], no se ajusta a la realidad», recogía la exposición razonada. Añadía que el ministro había podido participar «directamente» en el nombramiento de la asesora y que podría haber «conocido» que ella cobraba dinero público pese a trabajar para las actividades privadas de Gómez.

Sin embargo, el Supremo ha zanjado que en la exposición del juez hay una «absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado de la participación de la persona aforada [Bolaños]» en los hechos, por lo que archiva la causa. En un auto, recuerda que para acusar a alguien de malversación no basta con que tenga un cargo público: hay que demostrar que sabía que los caudales públicos se estaban destinando a un fin para el que no estaban previstos y que participó de forma consciente, cosa que no se ha probado en este caso.

«Verdad forense»

Por lo que se refiere al delito de falso testimonio, el Supremo reprocha a Peinado que hiciera esta imputación contra el ministro solo basándose en las «contradicciones que se han observado en las respectivas declaraciones» entre Díaz y Bolaños como testigos, a pesar de que no se haya dictado sentencia o resolución judicial que haya declarado una «verdad judicial o forense con la que comparar las manifestaciones de ambos».

Por otro lado, la Sala indica que no consta que el Juzgado de Instrucción, con carácter previo a la emisión de la exposición razonada, haya oído al Ministerio Fiscal. «Esa omisión es extraña a la forma de procedimiento habitual en la jurisdicción penal, que aconseja una audiencia al ministerio».