El verdugo de la doctrina Parot da su bendición a los separatistas

CLAUDIA ZAPATER BRUSELAS / E. LA VOZ

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Dean Spielmann, abogado general de la Unión Europea, en una imagen de archivo.
Dean Spielmann, abogado general de la Unión Europea, en una imagen de archivo. sdf

Spielmann regresa al foco tras tumbar en el 2013 la jurisprudencia del Supremo que impedía la redención de penas a asesinos múltiples

14 nov 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Media España tenía este jueves los ojos puestos en Luxemburgo. Fue el día en que el abogado general de la Unión Europea, Dean Spielmann, publicó sus conclusiones sobre la ley de amnistía. El pronunciamiento del abogado general, parte independiente en la causa, constituye una fase clave en todos los procesos que se juzgan en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Aunque no vinculantes, estas conclusiones guiarán al tribunal de Luxemburgo en la redacción de su sentencia, que todavía no tiene fecha.

En su informe, Spielmann concluye que la amnistía no vulnera los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación, y que «no constituye una autoamnistía». Opina que la ley tiene una relación directa con su finalidad política: «La normalización institucional y la reconciliación social en el contexto de la crisis catalana» y que es «fruto de un procedimiento parlamentario regular tramitado en el seno de un sistema democrático pluralista». Sin embargo, sí es crítico en un punto que, señaló, podría poner en riesgo la independencia de los jueces. La ley fija un plazo máximo de dos meses para que los tribunales determinen si un caso puede acogerse a la amnistía, y Spielmann considera que ese plazo podría ser insuficiente. Una vez anunciadas las conclusiones del abogado general, la máxima instancia judicial comunitaria deberá dictaminar si la medida de gracia que extinguirá los delitos cometidos por los autores del procés es compatible con el Derecho Comunitario.

Excarcelación de etarras

Pero esta no es la primera vez que el nombre de Spielmann resuena con fuerza en España. Este jurista luxemburgués de 63 años presidió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) del 2012 al 2015. Fue en el 2013 cuando el TEDH tumbó la llamada doctrina Parot, una jurisprudencia del Tribunal Supremo español que impedía que los presos condenados a más de 30 años de prisión por múltiples asesinatos se acogieran a la redención de penas o a la libertad condicional. La doctrina llevó el nombre del etarra Henri Parot, condenado a 4.800 años de prisión por 82 asesinatos.

El tribunal presidido por Spielmann sostuvo que esta jurisprudencia contravenía el principio de legalidad y de irretroactividad de las leyes penales. Así, el TEDH determinó que la doctrina Parot violaba artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos con respecto a un recurso presentado por la etarra Inés del Río, condenada a 3.828 años. Del Río fue puesta en libertad tras cumplir 26 años de un máximo de 30, y su caso fue el primero de los más de sesenta que vinieron después. Un día después de la sentencia, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España decidió excarcelar a un total de 63 miembros de ETA, siete de los GRAPO, uno de los GAL y otro de Resistencia Galega.