Claves de la condena a García Ortiz: un cuadro probatorio «sólido, coherente y concluyente» para cinco magistrados
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La resolución descarta a otros autores de la filtración, aunque varios periodistas declararon haber obtenido el correo por otras fuentes
10 dic 2025 . Actualizado a las 13:13 h.Un vasto argumentario jurídico desplegado en 180 páginas por los cinco jueces que componen la mayoría de la Sala de lo Penal del Supremo sustenta la condena por revelación de datos reservados a Álvaro García Ortiz, mientras dos magistradas discrepantes propugnan en otros 53 folios su libre absolución y tachan de insuficientes los indicios apuntados por sus colegas. Una sentencia inédita, histórica y polémica que declara culpable al principal acusador del país.
el correo filtrado
Convergencia de indicios. El tribunal concluye que no hay una explicación alternativa que permita cuestionar la participación directa del fiscal en la filtración del correo del abogado de Alberto González Amador a la Cadena Ser, y construye un cuadro probatorio «sólido, coherente y concluyente» sobre un cúmulo de indicios: el acceso del acusado a los correos, la secuencia temporal de sus comunicaciones, la urgencia mostrada, la llamada al periodista, el borrado de los registros y los recelos de sus subordinadas.
la nota informativa
«Oficializa» la filtración. La difusión de una nota que recogía la admisión de dos delitos tributarios por parte del novio de Isabel Díaz Ayuso —el fiscal había reconocido su autoría— «consolida la filtración iniciada por el correo; en realidad, la oficializa», según la sala, que considera que ambas iniciativas constituyen una «unidad de acción». También incide en que la nota fue emitida por la Fiscalía Provincial, después de que la Fiscalía de la Comunidad de Madrid se negara a ello, y que El País la publicó tres horas antes de ser enviada a los medios. No se puede responder a un bulo «con la comisión de un delito», recuerda.
la declaración de lastra
«Eso ahora no importa». Esta es la respuesta que el acusado le dio a la fiscala superior Almudena Lastra cuando esta le preguntó si había filtrado la nota. Esta testifical es clave, ya que los jueces estiman que García Ortiz reconoció así indirectamente su participación en la filtración de datos. Además, aseguran que la decisión de este de no responder a las acusaciones restó valor a su testimonio.
los periodistas
El secreto profesional. La sala insiste en que no cuestiona la credibilidad de los periodistas, que declararon que habían obtenido el correo por fuentes ajenas al imputado, pero sostiene que el que un dato reservado ya sea conocido «no neutraliza» el deber de confidencialidad del fiscal general.
el borrado del teléfono
«Genuina estrategia de defensa». Los magistrados indican que no hay ninguna norma que establezca el deber ni el derecho a destruir la información almacenada en el teléfono, y califica de «coincidencia muy llamativa» que García Ortiz borrara el suyo justo un día después de que se abriera este proceso. Ese borrado solo es una «genuina estrategia de defensa» que puede tener valor incriminatorio.
el registro de despachos
Idoneidad de las diligencias. La resolución rechaza la petición de declaración de nulidad del auto de entrada y registro del despacho del fiscal, dado que es un delito cometido por medios telemáticos, y defiende la proporcionalidad y necesidad de las diligencias.
derechos no vulnerados
A ser informado de la acusación, a la intimidad y a un proceso con todas las garantías. Aunque la sentencia niega, como alega el condenado, haber vulnerado su derecho a la intimidad personal y familiar, a ser informado de la acusación y a un proceso con todas las garantías, García Ortiz presentará un recurso de amparo ante el Constitucional apoyado en el voto particular de las discrepantes.
inhabilitación especial
En manos de Peramato. La sala advierte de que la pena de inhabilitación afecta «exclusivamente» al cargo de fiscal general del Estado y, aunque valora que sería «excesivo» expulsarlo de la carrera fiscal, deja su futuro en manos de la nueva jefa del ministerio público, Teresa Peramato, que tomará posesión el jueves. «Estamos juzgando un hecho concreto, no una trayectoria [...], cuya brillantez y dedicación no nos pasa desapercibida», reconocen los magistrados.
la indemnización
El «candor inasumible» de González Amador. El tribunal condena al fiscal a indemnizar con 10.000 euros al novio de Ayuso, que reclamaba 300.000, una cifra exagerada y «desmesuradamente ambiciosa», dicen los jueces, que niegan que García Ortiz sea el responsable de que los medios tilden a González Amador de «delincuente confeso», una expresión «que tiene base fáctica suficiente», añaden. Pensar que sin la filtración su caso habría pasado desapercibido es «pecar de un candor inasumible», concluyen.