Desde febrero, la Agencia Tributaria recibirá información mensual de los movimientos a través de la plataforma; deberán coincidir con los importes declarados. Expertos recomiendan, sobre todo a pequeños autónomos, realizar cambios en sus sistemas de gestión para no incurrir en sanciones y adelantarse a la implementación de la remisión automática de facturas
03 feb 2026 . Actualizado a las 10:32 h.Las entidades financieras comenzarán a facilitar este mes de febrero información a la Agencia Tributaria sobre los ingresos percibidos por empresas y profesionales a través de la plataforma Bizum y sistemas equivalentes. La medida del Ministerio de Hacienda busca sobre todo detectar economía sumergida, aflorando las discrepancias entre cobros bancarios e ingresos declarados. En el 2024, la Administración informó de casi 2.000 actuaciones relacionadas con ventas ocultas descubiertas. Supusieron tan solo un 0,1 % de todas las actuaciones en materia de control de tributos internos, consumiendo «elevados recursos de alta cualificación». Detectar estos fraudes pasará a ser más sencillo, lo que es especialmente relevante atendiendo al elevado volumen de pagos telemáticos que se realizan en una economía digitalizada. Solo el pasado año, se registraron en Bizum 1.237 millones de operaciones en España —el récord diario se alcanzó en el Black Friday: 670.000—, con un importe total de 67.751 millones de euros. Según datos de la plataforma, es el segundo medio de pago favorito en comercio electrónico, representando entre el 20 y el 30 % de las transacciones.
Estos datos tienen mucho más que ver con las grandes empresas. Para los expertos fiscales, no todos los pequeños autónomos y pymes están preparados para una fiscalización exhaustiva de su actividad digital. «Todavía hay muchos profesionales que llevan las facturas en un excel o en un talonario», explica Ángela Cal, directora de Talenom Galicia, compañía especializada en asesoramiento fiscal, contable, laboral. Y, sin embargo, la consultora ve oportunidad en la nueva normativa, aprobada en abril de 2025. Puede servir para profesionalizar la contabilidad y digitalizarse, adelantándose a la implantación del sistema de remisión automática e inmediata de los registros de facturación a la Agencia Tributaria —el modelo Verifactu—, que entrará en vigor el año que viene. Por ello, propone varias medidas sencillas y rápidas para los más rezagados y ofrece algunas respuestas a las dudas más recurrentes.
¿Qué información facilitarán los bancos?
Las entidades facilitarán la información completa de los empresarios y profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum, el número de comercio con el que operan, los terminales de venta, el importe mensual facturado con Bizum y las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen cobros.
¿Qué cambia a nivel de información fiscal?
Desaparece el límite de 3.000 euros a partir del que las entidades bancarias comunicaban operaciones, por tanto, informarán de cualquier transacción, con independencia del importe. También cambia la inmediatez con la que la Administración recibe la información, ya que las entidades bancarias informarán de manera mensual, en lugar de anual. Además, el Real Decreto 253/2025 afecta a otros pagos telemáticos y productos financieros. Empresarios y autónomos tendrán que informar de cualquier pago con tarjeta. Hasta la fecha, el control no era tan exhaustivo, con el número de operaciones, importe total y medio utilizado.
¿Qué irregularidades pueden aflorar?
La directora de Talenom Galicia explica que las nuevas medidas permitirán detectar pagos recurrentes con importes o conceptos similares, lo que podría llevar a Hacienda a interpretarlos como un cobro encubierto. Por ello, autónomos y empresas deben «garantizar la trazabilidad de sus operaciones, para que siempre concilien facturas y cobros».
¿Qué sanciones se pueden esperar?
En el caso de que la Agencia Tributaria sospeche de ingresos no declarados, realizará una liquidación provisional—ante la que siempre cabe recurso—. Podría suponer «recargos y sanciones que van del 50 % al 100 % de la cantidad no ingresada; y pueden ser cantidades muy significativas, incluso del 150 % en el caso de las sanciones muy graves, si se considera que hay mecanismos de ocultación o reiteración, por ejemplo».
Tres recomendaciones para adaptarse a la norma
- Cuentas bancarias separadas. Especialmente en el caso de los autónomos, Ángela Cal recomienda tener cuentas diferenciadas para la actividad profesional y personal, lo que facilitará la justificación ante Hacienda de los pagos relativos al negocio realizados a través de Bizum.
- Software contable. Las distintas herramientas contables de facturación permiten a los profesionales tener trazabilidad de sus ingresos y anticiparse a los sistemas de certificación que entrarán en vigor en breve, con el programa Verifactu, para garantizar a la Administración que cada cobro digital se corresponde con una factura.
- Profesionalización de la gestión. Por último, se hace imprescindible revisar periódicamente la coincidencia entre los libros de ingresos y los datos del banco, ya que la información que recibirá la Agencia Tributaria tendrá carácter mensual.