La jueza rechaza la personación de Mazón en la causa de la dana al no existir la figura del «testigo asistido»
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El expresidente valenciano hizo esta petición después de que la magistrada acordara citarlo como testigo
31 mar 2026 . Actualizado a las 20:49 h.La jueza que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre del 2024, que dejó 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia, rechazó la personación en la causa penal del expresidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón, a quien recordó que la figura del denominado «testigo asistido» no existe en España. La magistrada de Catarroja respondió así en un auto datado este martes a la petición formulada un día antes por la representación legal de Mazón de personarse en el procedimiento al entender que no puede hacerlo por su condición de testigo y al no haber indicios contra él.
El expresidente realizó esta petición de personación días después de que la magistrada acordara citarlo como testigo en el procedimiento y una semana más tarde de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazara imputarlo al no ver indicios de delito en su actuación en la dana.
Mazón solicitaba personarse en el procedimiento al amparo de lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el objetivo de defender sus intereses. Aludía a que quería analizar las diligencias que se siguen practicando sobre él aún después de la resolución del tribunal superior.
Sin embargo, la jueza Nuria Ruiz Tobarra argumentó que la solicitud de Mazón «constituye un tertium genus, que no existe en el derecho procesal penal español». «Citado como testigo, no puede solicitar su personación como investigado. Dicha posibilidad existe en el derecho francés, el denominado testigo asistido, pero no en España», aclaró.