Los contribuyentes tienen diversas vías para liquidar su IRPF, desde fraccionar su abono hasta solicitar una prórroga. Vota y opina: ¿la declaración te ha salid a pagar o a devolver?
12 may 2026 . Actualizado a las 16:34 h.Cita con Hacienda para millones de contribuyentes. Mientras que para algunos la declaración de la renta supondrá recibir una devolución, para compensar el IRPF abonado por adelantado durante el ejercicio, para otros ocurrirá lo contrario. ¿Qué hacer si nos toca pagar al presentar la declaración? ¿Cómo asumir ese desembolso sin que afecte a nuestro equilibrio financiero?
Desde Oney, entidad financiera especializada en soluciones de pago y servicios financieros, analizan las diferentes fórmulas a las que el contribuyente puede acogerse para hacer más llevadero el trago de rascarse el bolsillo, es decir, la flexibilidad en las opciones de pago.
De este modo, si tenemos que pagar al fisco, Oney destaca que el sistema español permite «adaptar el abono a la situación económica de cada persona, evitando tener que afrontar el importe completo de una sola vez».
Las posibilidades son varias. Además del pago único —se realiza en el momento de presentar la declaración—, podemos decantarnos por el fraccionado que, según los expertos de Oney, es la alternativa más habitual. Para acogerse a él hay que presentar la declaración antes del 25 de junio, y permite dividir el importe en dos plazos sin intereses: un primer abono del 60 % (con el cargo previsto para el 30 de junio en esta campaña) y el 40 % restante el 5 de noviembre.
También se puede optar por la domiciliación bancaria, una alternativa que automatiza el proceso y facilita cumplir con los plazos sin más gestiones.
La fórmula del pago electrónico —por tarjeta o bizum— convive con el pago presencial, a través de las entidades bancarias colaboradoras. Pero en el caso de que no dispongamos de suficiente liquidez para saldar nuestra deuda fiscal con Hacienda, existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento.
Eso sí, decantarse por esta fórmula lleva aparejado el pago de intereses, actualmente en el 3,25 %. «La Agencia Tributaria estudia cada situación de forma individual y puede adaptar el calendario de pagos cuando existan dificultades económicas justificadas», añaden los expertos.