El Tribunal Supremo se opone a la concesión del indulto parcial a García Ortiz por revelación de secretos
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La postura de los magistrados no es vinculante para el Ejecutivo
12 jun 2026 . Actualizado a las 05:00 h.Los mismos jueces que condenaron a Álvaro García Ortiz el pasado noviembre por revelación de secretos se opusieron ayer por mayoría a que el Gobierno le conceda un indulto parcial. La Sala Penal del Tribunal Supremo emitió este jueves un informe desfavorable —que es preceptivo, pero no vinculante para la decisión que adopte finalmente el Ejecutivo— a la medida de gracia que tramita el Ministerio de Justicia desde principios de este año a petición de tres ciudadanos.
El documento, de seis páginas, está firmado por los mismos magistrados —salvo Ana Ferrer, de baja médica— que juzgaron al ya exfiscal general del Estado por filtrar datos del proceso por presunto fraude tributario abierto a Alberto González Amador, novio de la baronesa popular Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. Los togados basan su postura contraria al indulto en lo que califican de gravedad del delito, falta de arrepentimiento y que no se cumplen, bajo su criterio, los tres requisitos legales para conceder el perdón: justicia, equidad y utilidad pública.
«Los hechos fueron graves»
El alto tribunal insiste en que «los hechos fueron graves, han producido una afectación importante de la institucionalidad del ministerio público por la relevancia de su función, como promotor de la justicia, garante de la independencia judicial y del ejercicio de los derechos de los ciudadanos de acuerdo a la legalidad».
También recrimina a García Ortiz —destinado ahora en la Fiscalía de lo Social del Supremo— la inexistencia de una actuación posterior que «suponga un reconocimiento de la vigencia de la norma y un acatamiento al orden jurídico».
El informe desfavorable es tajante sobre la «sustancial falta de contenido del indulto», ya que, a su parecer, «los proponentes del derecho de gracia no justifican en modo alguno, ni informan, sobre razones de justicia, equidad y de utilidad pública que aconsejaran la medida de gracia».
La Sala, presidida por Andrés Martínez Arrieta, recuerda que se indultan las penas, no el delito, y que tampoco se indultan «las penas ya cumplidas, sino las que están en ejecución [...]. En el caso, solo pende de ejecución la pena impuesta de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado». García Ortiz fue condenado a dos años de inhabilitación como jefe del ministerio público, al pago de una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil que abonó.
Este informe llega después de que el pasado mayo la Fiscalía General apoyase la concesión de un indulto parcial dada la «repercusión pública extraordinaria e incidencia desorbitada sobre la reputación, carrera profesional y posición institucional del penado».
El Supremo remitirá el documento a Justicia, ya que el Gobierno cuenta con facultad discrecional para otorgar o no el perdón sin justificar sus motivos.