Moncloa dice que la orden constata «la persecución y la obsesión» del magistrado. Begoña Gómez recurrirá la decisión de imponerle medidas cautelares
20 jun 2026 . Actualizado a las 17:23 h.El juez Juan Carlos Peinado ha enviado a juicio con jurado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y ha fijado como medidas cautelares la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y que comparezca dos veces al mes en el juzgado.
El magistrado ha tomado esta decisión en un auto fechado este sábado, tras la audiencia preliminar celebrada el pasado lunes en la que cada parte mantuvo sus argumentos sobre el proceso y las acusaciones populares solicitaron medidas cautelares por riesgo de fuga.
En concreto, Peinado abre juicio oral a Gómez por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares, apropiación indebida y malversación de caudales públicos, y a su asesora Cristina Álvarez por los mismos delitos.
Además envía a juicio al empresario Juan Carlos Barrabés por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares.
El juez avala -como en ocasiones anteriores- que los hechos deben ser juzgados por un tribunal de jurado porque habría «conexividad» entre cada uno de los delitos.
El titular de la plaza 41 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid ha investigado desde abril de 2024 hechos que giran en torno a la cátedra que codirigió Begoña Gómez en la Complutense, el 'software' que se creó en su seno y las labores que ejercía su asesora. También sobre su relación con el empresario Juan Carlos Barrabés, al que según el juez pudo beneficiar en concursos públicos.
La decisión de Peinado dictada este sábado, con la que se pone fin a la instrucción, se ha hecho esperar más de lo previsto, ya que la ley estipula un plazo de tres días desde la vista del pasado lunes.
A lo largo de las 84 páginas del auto, Peinado desgrana cómo, a su parecer, los tres investigados cometieron los delitos por los que propone juzgarles.
En el caso de Gómez, Peinado considera que utilizó su influencia para conseguir patrocinadores para la cátedra y lucrarse económicamente, y apunta a una «actuación conjunta y convergente» entre la esposa de Sánchez y su asesora en la gestión del proyecto vinculado a la cátedra, y que se valió de Barrabés y el 'software' que desarrolló.
«La investigada fue la impulsora de la captación de fondos privados e, indiciariamente, no para la cátedra universitaria pública, sino para integrarlo en su patrimonio personal», dice de Gómez.
El magistrado expone que Gómez deberá responder además como responsable civil por el gasto de 113.765 euros, respecto del perjuicio que alude la Universidad Complutense de Madrid, perjudicada en la causa.
En el auto, Peinado adopta la petición de medidas cautelares de las acusaciones populares que encabeza Hazte Oír y por lo tanto desoye el criterio de Fiscalía y el de las defensas, que sostenían que no hay motivos para continuar con una causa que siempre han rebatido, como reiteraron el lunes.
A la hora de justificar las cautelares contra Gómez, Peinado sostiene que «a mayor gravedad de la pena, más intensa puede ser la tentación de la huida y mayor el perjuicio que, en caso de materializarse la fuga, sufriría la finalidad de preservar la acción de la justicia».
En el auto, el juez recuerda que los delitos que se imputan a Gómez y Álvarez suman penas que van desde los 2 años de cárcel hasta los 16, y que la primera hipótesis solo se daría «en el escenario más favorable», mientras que en el resto ambas entrarían en la cárcel.
Por eso considera que hay riesgo de que ambas acusadas traten de «eludir la acción de la justicia, cumpliéndose el riesgo de fuga».
Sus escoltas podrían «facilitar» una fuga, según el juez
Al final del auto, Peinado argumenta que los agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad que forman parte de la escolta de Gómez por su condición de esposa del presidente podrían colaborar «en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar» una «fuga» de la acusada.
La defensa de Gómez sostenía que el hecho de ser esposa del presidente del Gobierno hace que «en todo momento se encuentre acompañada, y custodiada, por agentes o miembros de los cuerpos de seguridad del Estado».
Sin embargo, el juez apunta: «Pero lo que no cabe duda es que esos agentes en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, ser precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo, para facilitar esa fuga, que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia».
Peinado añade, además, que es «especialmente trascendente» que «la condición de actual presidente del Gobierno, de su esposo, es algo efímero, y por tanto transitorio, y esa protección, o acompañamiento de los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado desaparecería, lo que facilitaría, aún más, esa hipotética fuga».
Hazte Oír, que lidera la acusación popular en esta causa y que pide 24 años de cárcel para Begoña Gómez, 22 para Cristina Álvarez y 6 para Juan Carlos Barrabés, ha dicho en un comunicado que hoy es un gran día para la libertad« y ha destacado que «este caso es un ejemplo claro de por qué quisieron eliminar la acusación popular«, ya que »la fiscalía ha sido una defensa más».
Fuentes del entorno de Begoña Gómez han adelantado su intención de recurrir las medidas cautelares dictadas por el juez, ya que no es posible recurrir la decisión de enviarla a juicio oral; informó Efe.