Primera sentencia a Ábalos y Koldo: 43 años en el caso de las mascarillas

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

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El empresario Víctor de Aldama junto al exministro y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, y su exasesor Koldo García, compartiendo el banquillo de los acusados en el juicio por el caso de las mascarillas.
El empresario Víctor de Aldama junto al exministro y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, y su exasesor Koldo García, compartiendo el banquillo de los acusados en el juicio por el caso de las mascarillas. TRIBUNAL SUPREMO

El tribunal deja en suspenso la condena de cuatro años y medio a Víctor de Aldama por su «decisiva» colaboración con la investigación. Considera que los tres condenados formaron una organización criminal con reparto de funciones que cometió graves delitos de corrupción. Y destaca que estas conductas «socavan la arquitectura democrática de nuestro Estado social y democrático de Derecho» y «atacan la misma legitimidad del sistema democrático»

23 jun 2026 . Actualizado a las 12:07 h.

El exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos, su asesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama formaron una organización criminal con reparto de funciones que cometió graves delitos de corrupción. Esa es la conclusión a la que han llegado los jueces del Tribunal Supremo, que imponen al exministro una condena de 24 años y tres meses de prisión y a su ayudante otra de 19 años y ocho meses en el caso de las mascarillas, en una sentencia dictada por unanimidad. En el caso del comisionista, el tribunal lo condena a cuatro años y medio de cárcel, pero suspende la ejecución de la pena al valorar su colaboración con la Justicia. El Supremo aplica la atenuante de confesión «muy cualificada» por su «aportación al descubrimiento de los delitos» y únicamente le impone la condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y hacer un año de trabajos en beneficio de la comunidad. La condena a Ábalos y Koldo está en la línea solicitada por la Fiscalía, que pedía 24 años para el primero y 19 para el segundo, pero para Aldama pedía siete. 

La aportación de Aldama

Datos fácticos y documentación para otras causas. Según la sentencia, la colaboración de Aldama «ha sido especialmente decisiva para avanzar en muchos aspectos de la investigación». Explica que, «iniciada la instrucción judicial y adoptada una medida cautelar de carácter personal», decidió «colaborar en la investigación, proporcionando datos fácticos relevantes a la misma, que han permitido su estudio y confirmación por la instrucción judicial». Precisa que «ha aportado a la causa documentación sobre viajes, ingresos económicos a los otros acusados y contratos de arrendamientos de inmuebles», que han sido «objeto de análisis y pericia para corroborar sus manifestaciones, reconociendo su participación en los hechos y afirmando las de los otros acusados». Aportó igualmente, según el tribunal, documentación que se ha unido a la causa y que «ha sido remitida a otros juzgados para su investigación», en referencia a juicios pendientes como el del caso hidrocarburos o el de los contratos de obras públicas amañados en el que está también investigado el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. 

Delitos probados

Contratos, sueldo mensual, enchufes y pago de alquileres. La sentencia, de 224 páginas, considera probados los delitos en la adjudicación del suministro de trece millones de mascarillas a Puertos del Estado y ADIF a una empresa vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para gastos fijos de Ábalos; la contratación de dos conocidas del exministro en empresas públicas; el pago del piso a una de ellas; el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en Madrid y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción, con opción de compra, por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos. En el caso de Ábalos y Koldo, se les condena por delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. Los delitos de Aldama son organización criminal y cohecho. El tribunal destaca que estas conductas «socavan la arquitectura democrática de nuestro Estado social y democrático de Derecho» y «atacan la misma legitimidad del sistema democrático».  

Multas a abonar

Decomiso de lo ganado. El fallo detalla también las multas a las que tendrán que hacer frente los condenados. En el caso de Ábalos, será de 52.500 euros y, en el de Koldo, de 45.750. La multa a Aldama es superior y asciende a 72.000 euros. Además, Ábalos y Koldo tendrán que abonar 44.000 euros entre los dos a las empresas públicas Ineco y Tragsatec en concepto de responsabilidad civil por las contrataciones irregulares de Jésica Rodríguez y Claudia Montes, amigas del exministro. Se establece también el «decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho, por importe de, al menos, 430.298,40 euros». Son 340.000 euros por los 10.000 euros mensuales durante 34 meses satisfechos por Aldama a los otros dos acusados, 82.295 euros por la renta del alquiler para Jésica y 8.000 euros por la renta del alquiler del chalé en Marbella Villa Parra.  

Reparto de funciones

Ábalos era «el jefe», Koldo actuaba en su nombre y Aldama localizaba empresas. Los magistrados coligen que los tres condenados actuaron con «un claro plan criminal previamente concertado, con distribución de funciones o cometidos, siendo la actividad persistente en el tiempo». Esa organización se mantuvo desde que «entablaron relaciones personales» hasta que «la estructura comenzó a debilitarse», tras la simultánea salida de José Luis Ábalos y Koldo García del Ministerio de Transportes. Cada uno de ellos asumió «un papel diverso y complementario», en «un preciso reparto de funciones». Koldo y Aldama consideraban a Ábalos el «jefe» y este aportaba «la autoridad que le confería su máxima responsabilidad» en el ministerio y su «directa influencia cuando era precisa». Koldo «actuaba en su nombre y ejecutaba su voluntad», mientras que Aldama, «en beneficio propio y de terceros», aprovechaba su influencia sobre los otros dos y «garantizaba mediante el pago continuado de elevadas cantidades de dinero, la adjudicación de determinados contratos». Aldama se encargaba además de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración, siempre a cambio de la «correspondiente prestación económica», de la que hacía partícipes a Ábalos y a Koldo.  

Miembros del Gobierno

Hacienda e Industria. La sentencia recoge la interlocución de los condenados con otros miembros del Gobierno. Aldama logró que Koldo, con el conocimiento y aprobación de Ábalos, se reuniera con Carlos Moreno Medina, entonces jefe de Gabinete de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, para procurar el aplazamiento de una deuda tributaria de la empresa de Aldama, Pilot Retail State S.L.; Moreno trasladó la petición al asesor del gabinete de la ministra, Ignacio Granados. El aplazamiento no llegó a producirse y tampoco se considera probado que Moreno recibiera 25.000 euros de Aldama, como este afirma. Koldo se reunió también con Juan Ignacio Díaz Bidart, jefe de Gabinete de la entonces ministra de Industria, Reyes Maroto, para que se concediera una licencia en el sector de hidrocarburos a la empresa Villafuel S.L. La competencia, sin embargo, era de Transición Ecológica y «no consta que se realizaran gestiones en el ministerio competente». Según el tribunal, aunque la acción «pueda considerarse inadmisible, no es constitutiva de delito».