Víctimas denuncian criterios opuestos de los jueces sobre la semilibertad a presos de ETA
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Covite clama contra los beneficios del marco penitenciario aplicados por el Gobierno vasco, que tildan de «amnistía encubierta» a los reos
06 jul 2026 . Actualizado a las 07:00 h.La misma sección de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado, en menos de un mes, dos sentencias de carácter contrario. Ante dos casos similares, la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los presos de ETA Juan Ramón Carasatorre y Gregorio Vicario Setién, dos magistrados distintos han adoptado «resoluciones contrapuestas», según denuncia Covite, la principal plataforma vasca de víctimas. Con Carasatorre tumbaron esta medida, concedida por el Ejecutivo PNV-PSE, mientras que con Vicario la respaldaron.
A su juicio, «no cambian las garantías que exige la ley, lo único que cambia es el ponente de la resolución. Y eso, tratándose de fiscalizar las trampas del Gobierno vasco para privilegiar a presos de ETA, resulta especialmente grave». La agrupación que preside Consuelo Ordóñez se muestra muy crítica ante esta situación: «No puede ser que tengamos que atenernos a criterios judiciales cambiantes y arbitrarios» con unas resoluciones que, a su juicio, «debilitan nuestro derecho a la justicia y erosionan nuestra confianza en ella».
Covite recuerda que, en el caso de Juan Ramón Carasatorre, el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria fue contundente. Constató que «no existía plan de ejecución tratamental, pese a haber sido requerido», y recordó que no puede aprobarse un 100.2 sin ese requisito. Además, señaló una alteración del procedimiento legal: la viceconsejería de Justicia del Gobierno vasco, en manos de los socialistas, activó la medida sin que constara propuesta previa de la Junta de Tratamiento.
La protesta de la asociación de víctimas se centra en que «el caso de Gregorio Vicario Setién era prácticamente igual que el de Carasatorre» y, sin embargo, la Audiencia Nacional corrigió el criterio del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y dio luz verde para que disfrutara del 100.2, que contempla salidas entre semana para trabajar o colaborar con oenegés.
Las víctimas atribuyen esta disparidad, directamente, a las posiciones de quienes ejercen de ponentes en los autos. Ana Mercedes del Molino, en el de Carasatorre, y José Ricardo de Prada, en el de Vicario. La primera tumbó el acceso al 100.2 aprobado por el Gobierno vasco, mientras que el segundo dio el visto bueno a una medida que en la práctica es una suerte de estadio intermedio entre el segundo y el tercer grado. Entre ambas resoluciones media menos de un mes: la primera es del 18 de mayo y la segunda del 15 de junio.
El mismo juez De Prada ha sido ponente del último auto de la Audiencia Nacional que concede su primer permiso ordinario al que fuera uno de los históricos jefes militares de ETA, José Javier Arizkuren, Kantauri, rechazado tanto la Junta de Tratamiento de la cárcel de Pamplona como por el juez de Vigilancia Penitenciaria. Lo que se trasluce en la protesta de Covite es el viejo debate sobre el pretendido sesgo ideológico de los jueces, distinguidos entre conservadores y progresistas.
Y no es la primera vez que se pone sobre la mesa el nombre de José Ricardo de Prada. El magistrado, nacido en Madrid en 1957 y experto en justicia internacional, fue ponente de la sentencia que condenó al militar argentino Adolfo Scilingo por crímenes contra la Humanidad y se le percibe como una «bestia negra» del PP.
Los populares le señalaron como autor de las frases más duras de la sentencia del 'caso Gürtel'. Aquel texto cuestionó la credibilidad de Mariano Rajoy como testigo y confirmó la contabilidad opaca del partido. Después, el partido hoy en la oposición vetó en varias ocasiones su paso al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y, recientemente, al Tribunal Supremo. Sus autos están avalando la política penitenciaria que desarrolla el área de Justicia y Derechos Humanos que lidera la socialista María Jesús San José entre duras críticas de los populares.
Pero de fondo también palpitan en esta polémica las tensiones entre el criterio de la Audiencia Nacional y el del Gobierno vasco en la aplicación de la semilibertad y otros beneficios a los presos de ETA, además de la creciente desconfianza de las víctimas hacia la política penitenciaria del Ejecutivo de Imanol Pradales. «El Gobierno vasco está convirtiendo en ordinaria una medida que la ley concibe como excepcional. El 100.2 se está utilizando de forma fraudulenta para conceder semilibertades a presos de ETA que no pueden acceder al tercer grado porque no reúnen el requisito de haber cumplido suficiente condena para ello», denuncian los damnificados, que echan en falta que los reos manifiesten un genuino arrepentimiento y que colaboren la justicia. Que progresen sin haberlo hecho les parece «fraudulento», una suerte de «amnistía encubierta».
También han puesto el foco en el hecho, denunciado en varios autos de la Audiencia Nacional, de que se aprueben beneficios penitenciarios en contra del criterio de las juntas de tratamiento. Y ponen sobre la mesa que «no es cierto que se estén siguiendo solo los criterios técnicos porque esas decisiones se están tomando en cargos de designación política».