La violencia vicaria será un agravante, en lugar de un delito específico en el anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno
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La norma, aprobada por el Consejo de Ministros y que deberá refrendarse en las Cortes, retira automáticamente la patria potestad a los maltratadores con sentencia firme
14 jul 2026 . Actualizado a las 19:30 h.El Consejo de Ministros ha refrendado este martes, en segunda vuelta, el anteproyecto de ley contra la violencia vicaria, con algunos cambios importantes respecto a la primera propuesta, aprobada a finales de septiembre del año pasado. Cambios relacionados, por ejemplo, con la consideración penal de estas conductas o el endurecimiento en lo que toca a la retirada de la patria potestad a los maltratadores. Respecto al primer punto, la violencia vicaria se considerará como una circunstancia agravante por razón de género, y no como un delito específico penado con hasta tres años de cárcel, como se preveía inicialmente, evitando así que se considere un delito neutro que pueda cometerse tanto por hombres como por mujeres.
En lo que toca a la patria potestad, prevé su retirada automática en cuanto se dicte contra el maltratador una sentencia condenatoria firme por delitos graves contra su pareja o sus hijos. No será necesario ningún proceso adicional. También la guarda y custodia e incluso las visitas se limitarán o suspenderán cuando haya un procedimiento penal por violencia en el seno de la familia con indicios fundados y ese contacto del padre con los hijos pueda resultar perjudicial para la salud física, psíquica o emocional de estos últimos. Además, habrá que reforzar la fundamentación para que se establezca un régimen de visitas o comunicaciones cuando el progenitor esté incurso en un proceso penal y existen indicios fundados de violencia doméstica o de género.
Además, será obligatorio en todo caso escuchar a los menores, con ayuda de especialistas, y evaluar la relación con sus padres antes de tomar decisiones sobre visitas o convivencia compartida. A mayores, los procedimientos judiciales relacionados con la separación o la patria potestad derivados de un proceso penal se harán mediante juicio verbal, para agilizar al máximo los plazos de resolución.
«Un maltratador, una persona violenta, nunca puede ser un buen padre», ha sostenido la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. También ha defendido la necesidad de «dar congruencia» y una respuesta «armonizada» en las jurisdicciones de civil y penal, para evitar situaciones que generan «mucho dolor» a las víctimas por tener que seguir manteniendo una constante relación con el agresor.
En cuanto a la definición jurídica de violencia vicaría que recoge la nueva norma, amplía quiénes son considerados víctimas, extendiéndolo más allá de los hijos para proteger, por ejemplo, a padres, abuelos o nuevas parejas. Por un lado, aclara que se entiende por vicaria aquella violencia ejercida con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges, o estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, incluso sin convivencia. ¿Y sobre quiénes se ejercería para tener esa consideración? Pues tanto sobre los hijos e hijas o descendientes de la víctima, así como sobre personas menores de edad o mayores con discapacidad sujetas a su tutela, acogimiento u otras medidas de apoyo; también sobre otros familiares o allegados menores de edad; sobre los ascendientes (padres, abuelos...) de la mujer a la que se pretende dañar, sobre sus hermanos y hermanas, o sobre su cónyuge o pareja actual, aunque ambos no convivan.
La violencia vicaria busca, en cualquier caso, y como ha resumido la ministra, intentar «causar dolor o sufrimiento a la mujer a través de personas instrumentales o interpuestas».
Evitar casos como el del libro sobre José Bretón
Ante las dudas jurídicas y las críticas del primer anteproyecto, este se ha trabajado en conjunto por parte de los tres ministerios implicados: el de Igualdad, el de Juventud e Infancia y el de Justicia. Y es que los cambios que incluye la norma que deberá votarse en el Congreso obligarán a modificar diez leyes, entre ellas varias de rango orgánico que necesitan mayoría absoluta de la Cámara.
El Código Penal será una de esas leyes. Además de por la ya citada inclusión de la violencia vicaria como agravante por razón de género, también para introducir una nueva pena accesoria. Consistirá en prohibir publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido. «Se da respuesta a casos como el de Bretón, en el que la sociedad acompañó a la víctima ante la publicación del libro. Ahora queremos que la ley también acompañe a la sociedad en ese reproche», explicó Ana Redondo.
Las leyes del Registro Civil y la de Seguridad Social también deberán modificarse. La primera, para hacer posible que la madre que sobreviva a un hijo asesinado por violencia vicaria pueda cambiar los apellidos del fallecido, e incluso del resto de hijos comunes menores de edad, para eliminar el vínculo de nombre con el agresor. La segunda incluirá cambios que aseguren que el hombre que haya ejercido violencia vicaria no podrá beneficiarse de prestaciones de muerte o supervivencia cuando haya sido el autor de un delito doloso de homicidio.
Medidas para mejorar la formación de jueces, fiscales y magistrados o la ampliación de la Estadística de Víctimas Mortales por Violencia contra la Mujer para incluir a todas las víctimas de violencia vicaria son otras de las novedades del anteproyecto, que ahora deberá ser remitido al Congreso. En el proceso de debate, los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas.