La Justicia prohíbe a H&M registrar los bolsos y las taquillas de sus empleados
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Argumenta que los controles vulneran la intimidad de la plantilla sin que la empresa haya justificado un volumen relevante de pérdidas por hurtos de sus trabajadores
27 jul 2026 . Actualizado a las 17:28 h.La Audiencia Nacional ha declarado nulos el control visual diario de los bolsos y el registro regular de las taquillas que H&M imponía a sus trabajadores. Los magistrados estiman una demanda presentada por UGT, a la que se adhirió Comisiones Obreras, al considerar que ambas medidas suponen una invasión de la intimidad de los empleados de la cadena de moda y condenan a la empresa a «cesar de inmediato» en su aplicación.
La sentencia da como hechos probados que la firma de origen sueco realiza un control diario de los bolsos de sus trabajadores del último turno a la salida de la tienda, consistente en una revisión visual de dichos bolsos o mochilas, que el empleado debe abrir ante el responsable de la tienda o el personal de seguridad de la misma, quien lo inspecciona visualmente durante unos segundos. Los trabajadores del resto de turnos no son objeto de esta revisión, ya que salen por la puerta principal, que cuenta con arcos de seguridad, y no por la de personal.
En cuanto al registro de taquillas, este se producía una vez al mes y de forma aleatoria y regular, mediante la apertura de esta por el empleado, procediendo el responsable del punto de venta o el personal de seguridad a efectuar una revisión visual.
El fallo señala que, si bien es cierto que el Estatuto de los Trabajadores permite al empresario implementar las medidas de vigilancia y control que estime más oportunas, también lo es que estas deben respetar la dignidad de los empleados, y que en este caso se debe ponderar si no existe otra medida más moderada que permita conseguir el mismo objetivo.
Si bien la empresa alegaba que los controles buscan un fin legítimo como es el evitar las pérdidas producidas por los hurtos que realizan los empleados, los magistrados contraponen que «no ha acreditado el volumen de pérdidas de la empresa, más allá de aportar un documento ausente de firma alguna que contiene unas tablas numéricas y que carece de valor probatorio». De hecho, en los últimos tres años solo realizó seis despidos disciplinarios —en una plantilla de 4.600 personas— por hurto u otras infracciones.
Por lo tanto, concluyen, «no resulta ajustado a Derecho la implementación de esta medida porque no se da una situación fáctica que la justifique» y podría sustituirse por otras medidas menos lesivas contra la intimidad de los trabajadores, como la instalación de arcos de seguridad en la puerta de personal.