El juez da carpetazo al caso de las irregularidades en las facturas de Festejos

EFE

AVILÉS

La concejal de Festejos, Ana Hevia.
La concejal de Festejos, Ana Hevia. Ayuntamiento de Avilés

El magistrado concluye que «no se ha producido ningún daño real» al patrimonio municipal y no aprecia «malversación o alcance» en la gestión de Ana Hevia y Rubén Arias

02 sep 2017 . Actualizado a las 14:41 h.

El titular del juzgado de instrucción número 6 de Avilés ha dictado el sobreseimiento y archivo de las diligencias instruidas en relación con determinadas facturas de gastos a justificar del departamento municipal de Festejos, según ha informado hoy el Ayuntamiento. El procedimiento, en el que fueron citados a declarar la concejala de Festejos, Ana Hevia Conde, y el gerente del área, Rubén Arias Pérez, concluye con auto en la que el magistrado asegura que «no se ha producido un daño real y efectivo en el patrimonio de dicho Ayuntamiento mediante los pagos y disposiciones efectuados, al haberse empleado dicho numerario en pago de prestaciones o servicios del mismo, es decir, en finalidades de carácter municipal dentro del ámbito de las competencias de Festejos».

El Ayuntamiento indica que el juez ha tomado esta decisión a la vista de la documentación sobrante en autos, de las declaraciones de investigados y testificales llevadas a cabo, del informe de la Interventora municipal, del acta de liquidación provisional del Tribunal de Cuentas, de la amplia documentación presentada y de los informes aportados.

El juez no apreció en el acta de liquidación provisional del Tribunal de Cuentas, con fecha del 13 de junio «ninguna circunstancia que pudiera ser constitutiva de malversación o alcance» una vez que «las irregularidades advertidas en la gestión de la cuenta restringida de pagos a justificar de la Delegación Municipal de Festejos del Ayuntamiento de Avilés han quedado solventadas a través de la alegaciones y documentación aportada por la Intervención municipal de Avilés» .

Contra la disposición judicial cabe recurso de reforma y/o apelación a interponer ante el mismo Juzgado en un plazo de 3 días.