El fallo ha sido recibido con «sorpresa máxima»
07 jul 2017 . Actualizado a las 19:43 h.Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo aboca al cierre del horno crematorio de Pola de Siero, ya que el equipo de gobierno municipal no tiene pensando recurrir el fallo al considerar que este no lesiona el interés público general, por lo que, en principio, dejará de tener una licencia con validez. La sentencia considera nula la licencia de obras y la de funcionamiento concedidas por el Ayuntamiento de Siero al crematorio de La Pola y condena a esta administración al pago de las costas procesales.
Según la concejala de Urbanismo de Siero, Noelia Macías, el fallo ha sido recibido con «sorpresa máxima» por parte del ayuntamiento ya que, en su opinión, desde el equipo de gobierno municipal se cumplieron todos los trámites administrativos pertinentes.
No obstante, ha señalado que este fallo, en el que se estima el recurso interpuesto por la Coordinadora Ecoloxista en noviembre de 2015, viene a reconocer que los usos del tanatorio y del crematorio son distintos y que el del último no resulta compatible con el régimen de usos contemplado en el Plan General de Siero para el suelo urbano consolidado para fines comerciales.
«El equipo de gobierno respeta la sentencia, pero mantiene que la tramitación administrativa de las licencias otorgadas ha sido la correcta», ha señalado la responsable municipal de Urbanismo, que ha asegurado que la interpretación que hace esta sentencia entra en contradicción con otras sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.