Condenan a una familia que ocupó tres años una casa en Villaviciosa

EFE OVIEDO

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Juzgados Oviedo

Los condenados no pagaron la renta en todo ese tiempo y causaron daños materiales valorados en 31.000 euros

26 jul 2018 . Actualizado a las 12:27 h.

La Audiencia Provincial ha condenado a penas que suman 12 años de cárcel a una familia que ocupó una vivienda en Argüero, en el concejo de Villaviciosa, durante tres años, sin pagar la renta y en la que causaron daños materiales valorados pericialmente en 31.084 euros.

El padre, S.G.P., ha sido condenado a seis años de prisión, mientras que su mujer, C.V.R., y sus dos hijos, J.G.V. e I.G.V., han recibido una pena de dos años cada uno de ellos en su calidad de beneficiarios por ocupar la vivienda, entre los meses de marzo de 2011 y abril de 2014.

La Audiencia ha considerado que la madre y los dos hijos son responsables de los delitos de apropiación indebida, daños y robo con fuerza en las cosas, mientras que al padre le agrava la pena al estimar que además de estos tres delitos él cometió también un delito de estafa.

La propietaria de la vivienda de Argüero, O.I. P., ha asegurado que las pruebas reunidas a lo largo de los últimos cuatro años han demostrado que tenía «la razón, porque no era un caso de desahucio normal», ya que esta familia no entró en su «casa por necesidad, sino que ya tenían desde el principio la intención de no pagar ni un euro», y además «quemaron muchos enseres y objetos”.

Al impago de la renta se sumaban los graves desperfectos producidos por la quema de diversos objetos tasados pericialmente en 3.405 euros, así como en elementos constructivos por valor de 25.690 euros. «Como dice la Audiencia en la sentencia, no tenían intención de pagarnos y a nosotros, volver a rehabilitarla para vivir de nuevo en la casa, nos ha costado mucho más dinero que el peritado», ha lamentado la propietaria.

Su abogado, José Luis Iglesias, ha valorado la sentencia, contra la que cabe recurso, al ser «ajustada a la documental y a la prueba practicada en el juicio». El tribunal de la Sección Octava ha considerado que S. G., «llevado por el ánimo defraudatorio y aparentando un interés legítimo y una solvencia de la que carecía, suscribió un contrato de subarrendamiento sin intención alguna de cumplir con lo pactado».

Según consta en la sentencia, S.G.P. se presentó como empresario simulando actuar en nombre de la empresa Selespal y tener una solvencia económica «de la que carecía», firmó un contrato por la vivienda, totalmente amueblada, excluyéndose expresamente el uso del sótano, por la que pagaría un alquiler de 750 euros.

Sin embargo, la familia no abonó cantidad alguna en esos tres años y se negó en reiteradas ocasiones a desalojarla, pese a los requerimientos de sus propietarios. Cuando la dueña de la agencia inmobiliaria consiguió volver a acceder a la vivienda, en agosto de 2014, constató que la familia ahora condenada, »actuando de forma conjunta, había dispuesto de muebles y enseres incorporándolos a su patrimonio con ánimo de enriquecimiento«.