El Tribunal Económico anula multas a emigrantes retornados por no declarar sus pensiones

Marta Gómez Regenjo
Marta Gómez RIBEIRA / LA VOZ

RETORNADOS

Santi M. Amil

Sostiene que la conducta de los recurrentes está más próxima al error involuntario que a la culpabilidad que les imputa la Agencia Tributaria

14 mar 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Aunque la lucha en las calles del colectivo de emigrantes retornados de Galicia se ha visto abruptamente interrumpida por el covid, no ha ocurrido lo mismo con las batallas particulares que cada cual libra en los juzgados, donde dos pensionistas acaban de anotarse una victoria con sendas resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia (Tearg) que anulan las sanciones impuestas por no declarar sus pensiones procedentes del extranjero. Los beneficiados por estos dictámenes han visto cómo el tribunal anula sanciones por un importe total de 12.201 euros impuestas por la Agencia Tributaria. Aunque los casos de los afectados difieren en su origen -uno de ellos es un vecino de Pereiro de Aguiar retornado de Suiza con una incapacidad laboral del 100 % y la otra una mujer de Vigo que emigró a Alemania-, el fondo de la cuestión es el mismo: el tribunal determina que no se considera acreditada la culpabilidad de los contribuyentes al no declarar las pensiones que perciben del extranjero, sino que su conducta es «más próxima al error involuntario que a la negligencia o culpabilidad que le imputa la oficina».

Recoge la resolución, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en el ámbito sancionador tributario la Administración debe motivar suficientemente la presencia de culpabilidad, algo que no ocurre en este caso. Es más, «debemos tener en cuenta la conducta del reclamante aceptando inmediatamente su error, y abonando las cantidades resultantes de la liquidación».

Alejandro Lago, abogado de Mardo-Gabinete Jurídico, que asesora a muchas plataformas de emigrantes retornados constituidas en Galicia, destaca el hecho de que el Tearg reconoce que la actuación de los afectados «nunca fue dolosa ni con ánimo de defraudar; sí hubo un desconocimiento de la norma tributaria». Añade que, en su opinión, «ese desconocimiento viene propiciado por la falta de información de la Agencia Tributaria hacia este colectivo».

Por otra parte, señala que hay otro frente abierto contra Hacienda sobre la aplicación de la deducción por doble imposición internacional que se niega a los emigrantes retornados, y que ya se han tramitado varios recursos en este sentido.