Valores republicanos, Estado republicano

OPINIÓN

10 abr 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La celebración del aniversario de la proclamación de la II República no debe servir sólo para conmemorar el ambicioso ensayo de modernizar España y superar los que entonces eran sus atávicos lastres. Tampoco es suficiente una evocación del arrojo y la pulsión transformadora de quienes hicieron posible el intento de democratizar nuestro país y hacerlo más justo. Y no debe quedarse (aunque es muy necesario, por pura pedagogía política) en el aprendizaje de los múltiples errores que debilitaron a la República y la hicieron vulnerable a los demonios patrios (algunos de ellos, paradójicamente, bajo palio).  Transcurridos casi 40 años de la Constitución de 1978, el debate sobre la profundización democrática, sobre el sistema político y la forma del Estado, es plenamente legítimo y justificado, si tenemos además en cuenta la «fatiga de materiales» del producto perfectible de un consenso constitucional que ya no es tal. Y tan limitado e inútil (además de injusto) es enmendar a la totalidad el proceso de Transición y los muchos éxitos del periodo abierto desde la recuperación de la democracia, como empeñarse en negar un debate necesario, y que comienza a urgir, sobre las modificaciones constitucionales y la propia forma política del Estado.

Habitualmente, desde un planteamiento moderadamente progresista, de manera prudente y conciliadora, se plantea que la Monarquía parlamentaria no impide el desarrollo y consagración de los valores republicanos («República coronada» llega a decirse); que el estándar democrático no depende tanto de la Jefatura del Estado, cuando ésta es principalmente simbólica (vista la multitud de presidentes de república autoritarios o directamente tiránicos que pululan en el mundo); y que, precisamente, la condición no electa del monarca le obliga a demostrar en el ejercicio de su cargo, en todo momento, un escrupuloso respeto por el sistema democrático constitucional (sin excederse ni «borbonear» al estilo de Alfonso XIII), porque de lo contrario la Monarquía duraría un suspiro. En los argumentos bienintencionados para sostener el statu quo se encuentra también el contexto de convulsiones territoriales que vivimos (desfavorable a un cambio de tanto calado), la falta de un consenso elemental para abrir seriamente el debate y el desempeño digno de la función por Felipe VI.

Todas las razones dadas tienen parte de verdad, pero ninguna de ellas resiste un argumento más poderoso y tenaz, de inicio. El carácter no democrático del principio monárquico prevalece ante cualquier argumento de oportunidad o histórico, porque, se mire como se mire, aceptar que las funciones propias de la jefatura del Estado se entreguen a una familia con base en sus derechos dinásticos, repugna a la conciencia democrática y a la razón. Pensar que la sociedad española no va a alcanzar el grado de madurez política suficiente como para extender y ampliar el principio democrático a la cabeza del Estado, y que no puede superar pacíficamente las limitaciones del contexto histórico que posibilitaron la aceptación de la monarquía en la Constitución de 1978, es poner un corsé a la capacidad evolutiva y al desarrollo político de nuestro país. A ello se suma que, como hemos podido ver en los últimos años, con la crisis política y las dificultades de gobernabilidad, los bloqueos de la lucha partidaria (con efecto en instituciones constitucionales, en el órgano de gobierno del poder judicial, en el diálogo territorial o en el propio tono desabrido que impregna la política española), hace más necesario un ejercicio activo de las facultades de «arbitrar y moderar el funcionamiento ordinario de las instituciones» (como señala la Constitución), que el Rey no puede hacer con eficacia e intensidad porque el lastre dinástico cuenta y la falta de legitimidad democrática de origen, pesa. Necesitamos, en suma, una jefatura del Estado con una razonable capacidad de intervención efectiva, con facultades subsidiarias para suplir el bloqueo de las instituciones cuando este es crítico (pese a que carezca de funciones ejecutivas) y que pueda tener autoridad democrática incuestionable cuando haga falta una actuación más destacada, aunque su papel esté bien delimitado y forme parte plena del juego de pesos y contrapesos. Suprimiendo, además, el principio de irresponsabilidad que contempla actualmente la Constitución y que es prueba palmaria de su carácter no democrático. Por otra parte, la práctica coherente de los valores republicanos exige, por principio, evitar reductos vedados eternamente a la consecución de la democracia plena.

No se trata de redimir (y menos, de emular) a la II República como si vanamente quisiéramos retroceder en el tiempo para evitar su naufragio y la tragedia; ni de aferrarse a una lucha por el color de la tercera franja de la bandera (casi lo de menos, aunque sea la tricolor hermoso símbolo y ejemplo de la dignidad del perdedor y de los sueños perdidos); ni de desentenderse del compromiso constitucional necesario para la convivencia; ni de denegar el respeto institucional que merece el Jefe constitucional del Estado, aunque lo sea en su condición de hijo varón de su predecesor; ni de pretender saltarse los procesos de reforma constitucional y sus mayorías agravadas, que requerirán, llegado el caso, un grado de apoyo muy notable a un cambio de esta naturaleza. Se trata de plantear, abierta y llanamente, una defensa razonada, coherente, continuada y convencida de la necesaria evolución hacia la República. Y que vaya calando, porque el tiempo corre a favor.