La Manada y el Código Penal

Fernando Salgado
Fernando Salgado LA QUILLA

OPINIÓN

01 may 2018 . Actualizado a las 09:39 h.

La sentencia de La Manada ha levantado una ola de indignación en España. Con razón. Nadie, a excepción de determinados juristas recluidos en su torre de marfil, robinsones en su isla con la única compañía del Código Penal, puede comprenderla. Repele al sentido común. La víctima no dio su consentimiento, la víctima ha sido sometida -«actitud de sometimiento y pasividad»-, la víctima fue objeto de repetidos abusos sexuales en una «atmósfera coactiva»; hubo «prevalimiento» y «preeminencia sobre la denunciante», «abuso de superioridad», «asimetría» y «opresión». Todo eso admite y considera probado el tribunal, pero concluyen los jueces que no hubo intimidación. Y, en consecuencia, no existió agresión sexual ni violación. Solo abuso. ¿Alguien puede entender que una manada de energúmenos puedan abusar de una mujer indefensa -o de un niño, o de cualquier persona vulnerable- sin intimidarla?

¡Ah, el Código Penal! Admitamos que el concepto de intimidación no aparece bien definido en esa ley orgánica. Admitamos que los representantes del pueblo soberano no acertaron a tipificar los delitos sexuales con la misma claridad que el convenio de Estambul o la legislación vigente en nueve países europeos -entre ellos, Alemania, Inglaterra y Bélgica-, donde existe violación siempre que no haya consentimiento. Ni siquiera con esas concesiones puedo comprender ni compartir la sentencia. Porque los jueces no solo están para aplicar la ley, sino también para interpretarla, para rellenar las lagunas que inevitablemente existen en todo texto legal, para corregir la mala sintaxis de este o aquel párrafo. Y esa interpretación no puede ser arbitraria ni estar sujeta a sus prejuicios personales. Deberá basarse, primeramente, en el llamado «espíritu de la ley»: ¿qué quiso decir el legislador cuando redactó, con mayor o menor fortuna, este artículo? Y en segundo lugar, ante un concepto jurídicamente difuso, deberá conocer la acepción que le da el pueblo soberano. ¿Qué significa intimidación para el ciudadano de a pie? Significa, si los académicos que cuidan de la lengua hicieron bien su trabajo, «causar o infundir miedo» e «inhibir». Exactamente lo que causaron, según los hechos probados, los violadores de La Manada.

Critico la sentencia y a los jueces que la dictaron. Otros optan por cargar las tintas sobre las deficiencias del Código Penal y proponen su reforma. Desde 1995, la ley fue parcheada una treintena de veces y en el 2015 sometida a cirugía intensiva: fueron suprimidos 32 de sus artículos y modificados 252. A veces pienso que España padece diarrea normativa, y no solo en el ámbito penal. Pretendemos solventar cada problema, cada escándalo, cada convulsión social con metros cuadrados de BOE. Por eso no soy partidario de revisar el Código Penal cada dos por tres. No, al menos, mientras el Tribunal Superior de Navarra y el Tribunal Supremo no se pronuncien sobre la nefanda sentencia de La Manada. Si la ratifican, entonces sí: reconoceré que tenemos un serio problema con el Código Penal.