Ingredientes para un nuevo Estatuto (II): El voto de las leyendas urbanas

OPINIÓN

16 may 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Cuando abordamos una reforma del Estatuto tenemos que tener en cuenta en qué cosas somos parecidos a los demás y en qué cosas somos diferentes. Somos parecidos a Navarra a Valencia o a Galicia en que tenemos más de una lengua en nuestro territorio y podemos mirar en sus ejemplos  --por más que acabemos desarrollando uno propio-- modelos a seguir y modelos a no seguir para ocuparnos del asturiano y del gallego-asturiano.

Lo mismo ocurre con la auto-disolución de la cámara, de la que hablábamos antes. Podemos observar cómo han resuelto este problema (pues sí, es un problema, porque estamos en una legislatura muerta) en otras Comunidades Autónomas o cómo lo ha hecho el propio Estado central. Sin embargo, el tema que voy a abordar hoy es un tema en el que tenemos que ser creativos ya que es una problemática muy asturiana: Las leyendas urbanas.

Es tan propia de nosotros que si uno dice «leyenda urbana» en cualquiera de las otras 16 comunidades autónomas, seguro que nuestro interlocutor va a pensar en el cuento de la chica de la curva. Si uno lo dice en Asturies no: Aquí, leyenda urbana es un sinónimo de una persona en edad laboral que ha tenido que abandonar Asturies contra su voluntad bien porque no encontraba trabajo aquí, bien porque no encontraba trabajo «de lo suyo», bien porque lo encontraba pero estaba muy mal pagado.

Asturies tiene leyendas urbanas tanto en España como fuera de ella. No abordo aquí las políticas económicas que deben hacerse para evitar que este fenómeno suceda o para promover que aquéllos que nos fuimos podamos volver, sino cómo acomodar en el estatuto este fenómeno. Podemos ver que las leyendas urbanas que viven en Bélgica, Argentina o Chile; tienen derecho a voto. Aunque uno esté empadronado en Bruselas o en Buenos Aires, si el último municipio español en el que se estuvo empadronado es asturiano, se podrá votar en las autonómicas durante décadas. Da igual que no vuelva a pisar nunca Asturies: Se puede votar con los mismos derechos que alguien que viva en La Felguera, en Llanes o en Xixón. Y no sólo eso, sino que hijos de asturianos con nacionalidad española que nunca han vivido en Asturies y que, quizás incluso ni tengan la más mínima intención de ir allí, también podrán hacerlo.

Sin embargo, un grupo igual de grande  --o quizás incluso mayor-- somos aquellos asturianos de nacimiento y sentimiento que hemos sido obligados por cuestiones económicas a vivir en Madrid, Barcelona, Valencia o Valladolid. ¿Qué hay de ellos? En el momento en el que se empadronan en Madrid, son madrileños y para Asturies no cuentan. Da igual que vuelvan cada fin de semana, da igual que tengan en Asturies a sus familias, a sus amigos, a sus novias... Políticamente son irrelevantes, menos que nada y menos, incluso, que aquellos asturianos que no pisan Asturies desde hace décadas y pueden votar en Chile, Bruselas o Guinea Bissau.

Así, es necesario reformar el Artículo 7 y la LOREG y hacer que un asturiano o asturiana que se ve obligado a vivir en Madrid, en Cádiz o en Valladolid, pueda elegir, en el momento de empadronarse, si quiere conservar su derecho a votar en Asturies o prefiere renunciar a él y ejercerlo en la nueva comunidad autónoma. Con esto, lo que se busca son dos cosas: Por una parte, no desamparar de su ciudadanía asturiana a los que se van contra su voluntad (que bastante desamparados están ya) y, por otra, responsabilizar a los poderes públicos de sus políticas haciendo que quienes han sufrido las consecuencias negativas del despoblamiento, de la desindustrialización y del paro, tengan (tengamos) algo que decir en todo esto. Además, hace falta cambiar esto no sólo por las leyendas urbanas, sino por los propios asturianos que aún siguen en Asturies porque sí, ayer fuimos nosotros pero ¿y mañana? Mañana quizás seas tú.