Parasitismo social

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLA

OPINIÓN

01 oct 2018 . Actualizado a las 07:17 h.

Un juez retira a un divorciado una pensión paterna a su hija de 24 años por no aprovechar sus estudios y llevar tres años en segundo de Bachillerato sin aprobar ninguna de las asignaturas. Aunque todos los medios lo sacan como noticia la jurisprudencia viene aplicando esta solución desde hace tiempo, calificando el proceder de estos hijos con tendencia a no dar palo al agua como de «parasitismo social». Afortunadamente son casos aislados, pero de darse estas circunstancias el remedio jurídico no puede ser otro. Crear y criar parásitos no debe ser una obligación para ningún progenitor y lo mejor que estos pueden hacer es acudir a los tribunales para que estos les extingan la obligación de prestar alimentos, y así intentar que sus vástagos no pierdan el último tren para incorporarse al mundo laboral. Vivir sin trabajar puede ser gratificante para algún veinteañero, pero si eso es a lo que aspiran que jueguen a la primitiva. No se puede condenar a un padre a sostener a su prole sine die, cuando en infinidad de ocasiones este ya tiene bastante con llegar al día 15 de cada mes con la nevera medianamente abastecida. En Derecho el interés del menor es sagrado. No así el de algún joven que decide ni forrar los libros de texto pues para la cuestión del peculio ya están los pesados de sus «viejos».