Yandiola Garay (y el debate sobre el estado de la nacion)

Ignacio Fernández Sarasola
Ignacio Fernández Sarasola LA CONSTITUCIÓN DE LA «A» A LA «Z»

OPINIÓN

Fernando VII
Fernando VII

16 jun 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Los sucesivos Gobiernos que ha vivido (algunos más bien sufrido) España desde la instauración de nuestra actual Constitución hay reiterado la costumbre de organizar una vez al año un «debate sobre el estado de la nación». En realidad, el origen de esta figura se remonta al Trienio Constitucional (1820-1823), del que el próximo año celebraremos el bicentenario. Y en su configuración tuvo un protagonismo especial un diputado vizcaíno: Juan Yandola Garay.

Por aquellas fechas, el Rey (a la sazón Fernando VII) pronunciaba un discurso de apertura de la legislatura ante las Cortes. Discurso que en realidad preparaban los ministros y que tenía un doble carácter: descriptivo y programático. Desde la primera vertiente, la declamación mostraba los logros ministeriales; desde la segunda, indicaba los objetivos que aquellos pretendían lograr en el año siguiente.

El discurso de la Corona representó un papel clave para la formación del gobierno parlamentario en España desde varios puntos de vista. El primero derivó del hecho de que fuese obra de los ministros, y no del propio Rey, lo que dio lugar a que empezara a consolidarse que este último no era más que una figura formal sin facultades políticas. De hecho, sobre este asunto se reflexionó en 1821 con ocasión del llamado «asunto de la coletilla»: a la hora de leer el discurso, Fernando VII, que repudiaba a sus ministros (todos ellos liberales, y que le habían impuesto jurar contra su voluntad la Constitución de Cádiz), añadió al discurso un inciso (una «coletilla») de su propia cosecha, cuestionándolos. Los diputados liberales, partidarios de los ministros y recelosos del Rey, consideraron que éste se había extralimitado, ya que su papel consistía en leer formalmente el discurso preparado por los ministros, sin añadir ni quitar nada en él. Una interpretación un tanto particular de la Constitución de 1812, ya que esta en ningún momento decía expresamente que el discurso de la Corona fuese obligatoriamente obra de los ministros, o que el Rey no pudiera expresar su voluntad en él.

El segundo aspecto en el que contribuyó a formar el sistema parlamentario reside en esas dos partes (descriptiva y programática) que tenía. Si los diputados votaban en contra de la parte descriptiva, empezó a considerarse que estaban descontentos con las gestiones de los ministros, y por tanto que estos debían dimitir. De ahí que esa votación supuso un precedente de las actuales mociones de censura. Por su parte, el voto de las Cortes hacia la pate programática del discurso fue el precedente de un voto de investidura: si apoyaban dicha parte, suponía que los ministros habían sido investidos con la confianza parlamentaria; si no la apoyaban, el Rey debía buscarse otros ministros. En este sentido, Juan Yandiola decía que ese discurso:

«se mira como el barómetro del grado de prosperidad en que se considera la nación y como un indicante de las providencias que se propone adoptar»

La suya fue por tanto una visión muy lúcida, aunque lamentablemente a día de hoy pocos recuerdan no sólo esta reflexión, sino incluso la figura de este hacendista que tuvo una vida muy ajetreada entre exilio y exilio.

Nuestra actual Constitución española no recoge esa obligación anual de presentar un debate sobre el estado de la nación; si se ha instalado en nuestra realidad política es más que nada por imitación a lo que sucede en otros países, sobre todo Estados Unidos, donde se celebra el «debate sobre el estado de la Unión», a través del cual el Presidente mide el apoyo parlamentario con el que cuenta. El hecho de que en España la Constitución no obligue a celebrar ese debate no impide que algunos autores hayan considerado que tiene un carácter preceptivo, por haberse convertido en una «costumbre constitucional». En términos jurídicos, una costumbre no es más que un uso constante, perpetuado en el tiempo, que se ha convertido en norma. Ahora bien, nuestro sistema constitucional no es compatible con las costumbres constitucionales: sólo es Constitución aquello que figure expresamente en su articulado. Lo demás puede ser un hábito político, pero carece de valor jurídico: si el Presidente del Gobierno decide no celebrar un debate sobre el estado de la nación (y en ocasiones así sucede) no existe manera alguna de compelerle a que rectifique. El Reglamento del Congreso de los Diputados tampoco prevé específicamente ese debate, de modo que cuando se organiza ha de regirse por las reglas generales previstas para cualesquiera otras comunicaciones del Gobierno.

El debate sobre el estado de la nación tiene por tanto una naturaleza política, y sirve para ilustrar precisamente la diferencia entre lo político y lo jurídico. Una diferencia que a menudo no se tiene presente: que algo se haya adquirido relevancia política no quiere decir que sea de obligado cumplimiento, desde el punto de vista del Derecho. Otro caso sucedería por ejemplo con el referéndum consultivo; una figura que en este caso sí está regulada en la Constitución: lo que decidan los españoles a su través no es vinculante para el Gobierno. A nadie se le escapa que políticamente el Ejecutivo acataría la voluntad popular, pero en términos estrictamente jurídicos no tendría por qué hacerlo. Y ningún órgano judicial, ni incluso el Tribunal Constitucional, podría obligarle a acatar esa voluntad electoral.

Cuestión distinta es que, aunque no sea constitucionalmente obligatorio, celebrar periódicamente un debate sobre el estado de la nación es una sana costumbre política para mantener a la ciudadanía informada de las actuaciones del Gobierno, abriendo un debate parlamentario público y notorio. Es de justicia que recordemos que aquel diputado hoy desconocido, Yandiola, fue determinante para que este tipo de debates fuesen haciéndose conocidos en España. Y más conviene recordarlo ahora que estamos a las puertas del segundo centenario del Trienio Liberal (1820-1823) en el que Yandiola hizo tan particular contribución.