Un punto de inflexión

OPINIÓN

PILAR CANICOBA

13 oct 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La declaración del estado de alarma en varias localidades de la comunidad de Madrid debería convertirse en un punto de inflexión. A partir de aquí, las cosas tienen que cambiar; no por la propia declaración, la aplicación de una medida constitucional en uno de los supuestos para los que estaba prevista, que solo la estupidez o el cinismo pueden convertir en un castigo o un atentado contra las libertades, sino por el penoso enfrentamiento entre administraciones y entre gobierno y oposición cuando la unidad es más necesaria.

Pactar no es una traición a los principios ni algo vergonzoso. El reparto del voto entre varias fuerzas políticas ha obligado a las afines a formar gobiernos de coalición, que incluso necesitan el apoyo externo de otras que resultan más incómodas. No recuerdo a quién se le ocurrió la exitosa bobería del «gobierno Frankenstein», pero asombra que los que simpatizan con gobiernos de coalición PP-Cs apoyados desde fuera por los neofranquistas de Vox se la sigan aplicando al de PSOE-UP que busca, pero no tiene, el apoyo externo de ERC. Otra de las cosas que abunda en este desquiciado país es la falta de pudor. En cualquier caso, lo que quería señalar es que, además de los pactos electorales y de gobierno, que exigen un acuerdo programático, hay otros de características diferentes que son ineludibles, los exigidos por la Constitución, y unos terceros que pueden definirse como necesarios, pero que en momentos de crisis como el que padecemos casi podrían entrar en la categoría anterior.

Pactos ineludibles son los que la Constitución impone para elegir a los miembros del Consejo General del Poder Judicial o del Tribunal Constitucional. Ningún partido, salvo que, por revolucionario o por fascista, desee reventar el sistema constitucional, tiene derecho a boicotear estas elecciones porque esté en minoría en el parlamento. Solo si demostrase que la mayoría quiere imponer a personas sectarias e incompetentes tendría derecho a hacerlo y debería denunciarlo públicamente con todas las explicaciones necesarias. Exigir la ruptura del gobierno, es decir, su caída, para pactar es un insulto a la Constitución y a la inteligencia de los ciudadanos.

Como decía, aunque no los exija la Constitución, hay otros que son ineludibles porque si no se realizan pierde sentido la existencia de los propios partidos políticos. Se supone que su objetivo debe ser el bienestar de la ciudadanía y si tienen propuestas diferentes es porque no existe una verdad única ni un solo y diáfano camino para lograrlo; también porque defienden intereses distintos, lo que es legítimo, aunque pueda conducir a que se busque más el bienestar de unos que de otros. Las diferencias pueden ser grandes, pero nunca es imposible el acuerdo, especialmente sobre cosas, como la epidemia que padecemos, que no tienen ni origen ni solución política. Utilizar la enfermedad y el sufrimiento de la gente para enconar la lucha política es indigno y debe cesar de inmediato. Los que aprovechan la crisis para dividir la sociedad y destruir la convivencia con agresivas manifestaciones callejeras, en las que agitan una falsa unidad que esconde el deseo de imponer una uniformidad dictatorial, se descalifican a sí mismos, los partidos democráticos deben actuar de otra forma.

Algo parecido sucede con la economía. Aquí sí es lógico que haya diferencias políticas, pero discútase sobre cifras, con argumentos, sin vetos. En las crisis el margen de actuación no es mucho y quizá, si no en todo, al menos en algunas medidas se pueda llegar a acuerdo. El PP y Cs ganarían credibilidad como alternativas de gobierno si se pusiesen como objetivo influir en los presupuestos y estuviesen dispuestos a dejarlos pasar con una abstención en el caso de que recojan parte de sus propuestas. Eso no supondría que el gobierno dejase de negociar con los partidos que lo apoyaron en la investidura, cuanto más amplio sea el acuerdo sobre la recuperación mejor, aunque con ERC será difícil pactar hasta que se celebren las elecciones catalanas. Este es un año excepcional y los comportamientos también deben ser excepcionales.

La actualidad ha traído otro asunto en Asturias que corrobora lo desquiciado de la España actual. Los ayuntamientos siempre han tenido la capacidad de poner nombre a las calles de sus municipios y de cambiarlos ¿desde cuándo puede un juez impedirlo porque no le gustan? ¿Qué norma establece la tutela judicial sobre decisiones municipales que son competencia suya y no contravienen ninguna ley? Contrariamente a lo que he visto en algún periódico regional, la llamada ley de memoria histórica no exige que se formen comisiones de expertos para cambiar nombres de calles o retirar honores y monumentos, no las menciona en ningún momento. Muchos ayuntamientos, como el de Oviedo, las han creado, por decisión propia, para adoptar los acuerdos con mayor fundamento ¿puede un juez invalidarlas porque no le gusta su composición? Quizá fuera mejor volver al antiguo régimen, me refiero al tardo feudal del siglo XVIII, y poner directamente a un juez de alcalde. También se me ocurre otra pregunta para juristas: ¿qué debe hacer un juez para ser sancionado por extralimitarse en sus funciones? Poco ayuda al prestigio de la judicatura que algunos jueces, como sucedió con el Valle de los Caídos, se conviertan en los mayores defensores de la dictadura franquista e incluso de reconocidos criminales de guerra.