Covid: defensa de la vacuna obligatoria

Roberto Blanco Valdés
Roberto L. Blanco Valdés EL OJO PÚBLICO

OPINIÓN

Jorge Gil | Europa Press

18 ago 2021 . Actualizado a las 09:43 h.

Tras diez meses de vacunación masiva contra el covid, cuando 2.400 millones de personas han recibido ya al menos una dosis, dos cosas parecen absolutamente claras: que la evidente eficacia de las vacunas contra el virus ha evitado lo que hubiera sido una catástrofe de dimensiones planetarias; y que las vacunas que se están utilizando donde hay controles de seguridad independientes y solventes son seguras, de modo que sus peligros, estadísticamente despreciables, son infinitamente menores que los de contraer la enfermedad sin estar inmunizado.

Es cierto que sigue habiendo charlatanes que, pese a tan rotundas evidencias, dicen majaderías, propalan bulos y hacen un daño inmenso a través de las redes, donde personajes como el conocido virólogo Miguel Bosé se dedican a ganar notoriedad a costa de la salud de sus indefensos seguidores.

Toda esa basura, de igual valor a la de las profecías de Nostradamus, ha conseguido sin embargo adeptos que se niegan a vacunarse, lo que plantea una cuestión que debemos afrontar ya con coraje y transparencia: ¿debe ser obligatorio vacunarse, y, en caso de respuesta positiva, con qué consecuencias y dentro de qué limites?

He tenido largos meses para darle vueltas al asunto y leer al respecto y creo que, con los datos disponibles, la vacunación obligatoria contra el covid debería quedar fijada en una ley orgánica de pandemias -estatal, por tanto-, norma esa cuya aprobación, incomprensiblemente, y sin dar ninguna explicación, el Gobierno lleva meses negándose a impulsar.

Ahí debería fijarse la obligatoriedad de la vacuna, pues el derecho a la libertad personal no puede en este caso prevalecer sobre el derecho a la integridad física que la Constitución asegura a todos, integridad que puede verse seriamente amenazada en determinadas circunstancias por las personas que rechazan la vacuna sin alegar para ello más razones que su capacidad de decisión. Es verdad que aquella puede ser limitada individualmente, y en casos concretos, por los jueces cuando entienden, con arreglo a la ley, que existen razones para ello.

Pero no me refiero a esos casos individualizados, sino a una obligación general, cuyo incumplimiento debería ser objeto no solo de sanciones económicas, sino de otras limitaciones cuando quienes se niegan a vacunarse ponen en riesgo la salud de personas que están obligadas a entrar en contacto con ellos debido a la profesión que desempeñan: es el caso, por ejemplo, del personal sanitario y del de la enseñanza; o el de quienes atienden a los ancianos en residencias o a los administrados en oficinas públicas. Esas funciones no deberían poder ejercerse por los que, despreciando la salud de los demás, rechacen la vacuna.

Los daños de las sucesivas olas que hemos sufrido han afectado muy gravemente a la salud de las personas y a la de nuestra economía. Ni la una ni la otra pueden estar en riesgo permanente por un derecho a la libertad mal entendido, que se traduce en realidad en el de poder hacer daño impunemente a los demás.