Nueva evaluación de los sexenios de investigación: ¿mejora o involución?

Maite Cancelo EXVICEPRESIDENTA DE LA CONFERENCIA ESPAÑOLA DE DECANOS DE ECONOMÍA Y EMPRESA (CONFEDE)

OPINIÓN

MORELL | EFE

20 nov 2023 . Actualizado a las 09:59 h.

Los sexenios de investigación se concibieron como un complemento para el profesorado universitario, adicional al complemento docente. Sin embargo, se fue convirtiendo en un requisito, entre otras cosas, para la promoción dentro de los cuerpos de profesorado universitario, o para poder dirigir tesis doctorales. Este complemento se obtiene tras someter a evaluación cinco publicaciones de un tramo de seis años ante la Aneca (Ministerio de Universidades).

Su marco de evaluación, la Orden del 2 de diciembre de 1994, era muy ambiguo, por lo que se fue complementando con los «criterios específicos» publicados anualmente en el BOE. Su falta de concreción provocó un aluvión de quejas de investigadores y asociaciones de decanos, como los de Economía y Empresa, que demandaban unos criterios objetivos y públicos para evitar los efectos de su imprecisión, que dio lugar a situaciones de total indefensión del evaluado, prevaleciendo el criterio de discrecionalidad (o sea, de subjetividad) en la valoración realizada por algunos comités evaluadores. Pero en la convocatoria del año 2020 sí se dispuso de unos baremos, en forma de tablas orientadoras, con puntuaciones según los medios de difusión de las publicaciones, por campos de investigación (que no docentes).

Y sin entrar en analizar si estos criterios han sido aplicados de forma rigurosa, la Aneca nos sorprende con una nueva propuesta de criterios. A los anteriores, basados sobre todo en revistas indexadas, se añaden otros más cualitativos basados en el impacto de las aportaciones del solicitante.

Con la nueva propuesta, salvo que se decida, al menos, mantener los anteriores baremos, se produce una doble involución: se pierde objetividad en la parte ya conseguida, pues se explicita que se quiere abandonar el sistema de posicionamiento de las revistas indexadas y porque la parte nueva objeto de evaluación exige, por un lado, un enorme trabajo adicional y, por otro lado, introduce un nuevo ámbito de indefinición en cuanto a la baremación. Así, se aumenta la burocracia necesaria, y con ello las horas invertidas para justificar la calidad de los trabajos, sin que se garantice una mayor objetividad en las evaluaciones.

Por todo ello, la reflexión a la que nos lleva esta propuesta es la de que volvemos a realizar reformas que no ayudarán a la mejora de la evaluación de la investigación en España, que supondrán una mayor carga burocrática y, lo que es peor, una mayor subjetividad en la propia evaluación.