¿De qué absentismo hablamos?

GERARDO L. ARGÜELLES RESPONSABLE DE SALUD LABORAL DE CCOO DE ASTURIAS

OPINIÓN

GVA | EUROPAPRESS

14 feb 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Cada cierto tiempo aparecen informaciones interesadas que alertan sobre el elevado absentismo de nuestro mercado laboral. Pero ¿de qué hablamos realmente cuando hablamos de absentismo? ¿Y por qué habría de preocuparnos?

Lo primero que tenemos que hacer es delimitar las ausencias justificadas, que en verdad son derechos, como el permiso por maternidad, la baja por enfermedad, las vacaciones, los permisos retribuidos…, recogidos en la legislación o acordados en la negociación colectiva, y que deberían dejar de considerarse absentismo para evitar confusiones y malas interpretaciones; y lo que es absentismo injustificado, que es cuando una persona trabajadora no acude a su puesto de forma voluntaria o se ausenta sin aviso ni justificación. Porque lo cierto es que el absentismo laboral sin cobertura legal es prácticamente anecdótico. Y esto es importante destacarlo.

Las patronales están cargando las tintas sobre la incapacidad temporal por contingencia común. En este punto hay que recordar que es el responsable médico quien decide si una persona está o no en condiciones de ir a trabajar. En el caso de que no lo esté, el facultativo médico emite la justificación correspondiente para que dicha persona no acuda a su puesto de trabajo, por lo que dejamos de hablar de ausencia injustificada, dejamos de hablar de absentismo, según viene definido por la Organización Internacional del Trabajo. Y los mecanismos de control funcionan.

En los últimos años estamos asistiendo a un peligroso cuestionamiento del Sistema Nacional de Salud y su capacidad de actuar con rigor en el tema de las bajas. La patronal llega a esgrimir que hay una cierta «generosidad» por parte del personal médico, que las prolonga innecesariamente. Y proponen que sean las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social las que asuman facultades y competencias en la gestión y alta en el proceso de contingencia común, en un intento indisimulado de sacar beneficio propio a costa de la salud ajena.

Insinúan las patronales además que hay un fraude reiterado que se debe corregir, como si las personas trabajadoras confabularan con sus médicos y médicas de atención primaria con el fin de prolongar las situaciones de baja. De hecho, algunas empresas recurren a otras compañías para hacer un seguimiento médico particular, y comprobar si se justifica la situación de baja que extiende el profesional de la sanidad pública. En fin.

Aquí nadie está rechazando que las empresas —como contempla la legislación— puedan contratar servicios médicos privados o propios para que contacten con las personas trabajadoras de baja con la intención de hacerles una supervisión del proceso, pero deben hacerlo respetando siempre la integridad física, la intimidad y confidencialidad. Porque el derecho de la empresa a «controlar» a la persona trabajadora de baja por incapacidad temporal tiene que encajar (sin ejercer presión) con los derechos de la persona trabajadora a recuperar su estado de salud con plenas garantías.

También es cierto que existen vacíos normativos que han requerido la intervención judicial para poner las cosas en sitio. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 2024, por ejemplo, recoge que la forma de control del absentismo que llevaba a cabo la empresa «no es respetuosa con el derecho a la no discriminación, a la integridad física, a la intimidad y a la dignidad personal, percibiéndose como una medida de presión y una falta de respeto a los derechos de los trabajadores».

En resumidas cuentas: por un lado, hay que separar bien lo que es el absentismo «injustificado» de lo que son derechos; y por otro, las empresas tienen que ser respetuosas a la hora de vigilar las bajas, además de esforzarse más y crear entornos laborales sanos y saludables, lo que también redundará en beneficio de la salud de las personas trabajadoras y en el de las propias empresas. Todos y todas saldríamos ganando.

Insistimos en que deberían invertir mucho más en mejorar las condiciones de trabajo, porque ahí está el origen de muchas enfermedades profesionales y de la siniestralidad. Y dejar de perseguir obsesivamente el absentismo, que ya está supervisado por un sistema garantista de altas y bajas, y por la Inspección de Trabajo. Forzar la incorporación cuando no se está en condiciones de hacerlo, acaba teniendo consecuencias indeseadas, como recaídas, estrés laboral, aumento de la siniestralidad, e, incluso, riesgos para terceras personas.

Y un último apunte, en este caso sobre salud mental y condiciones de trabajo. En Asturias, las bajas laborales asociadas a la salud mental se han incrementado el 44,3% en los últimos siete años. Y los problemas de ansiedad, estrés y depresión se suelen tratar como enfermedades comunes cuando en muchas ocasiones están directamente relacionadas con el empleo. El informe del Ministerio de Trabajo de 2023 sobre precariedad y salud mental ya advertía de que «el chantaje de la necesidad obliga a aceptar un trabajo por un salario mísero, de mera subsistencia, con condiciones laborales nocivas, cuando no altamente tóxicas».

No es un asunto menor cuando la primera causa de siniestralidad laboral en nuestro país ya son las patologías no traumáticas, como ictus o infartos, que tienen que ver generalmente con la mala organización del trabajo, las condiciones laborales, las jornadas interminables, los horarios imposibles de conciliar, las cargas laborales inasumibles, el estrés, los estilos de mando autoritarios y arbitrarios o la incapacidad para la desconexión digital.

Esto es lo que hay que revertir y perseguir de verdad por todos los medios: el trabajo malo, que es lo que nos hace enfermar, y lo que, en el peor de los casos, nos mata.