Asturias en llamas: ceniza, ley y especulación

José López Antuña

OPINIÓN

Vista del incendio en el Alto del Acebo
Vista del incendio en el Alto del Acebo Paco Paredes | EFE

16 ago 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Cuando el fuego deja paso al ladrillo, la tragedia ecológica se convierte en negocio legal: la Ley de Montes de 2015 y la complicidad política han convertido el incendio en herramienta de recalificación territorial.

1. El guion repetido del fuego

En Asturias, como en muchas zonas de España, los incendios no siguen un simple patrón catastrófico: arde el monte, reina el silencio institucional y aparece el negocio. No hablo de conjeturas conspirativas, sino de una realidad constatada: el fuego —ya sea accidental o intencionado— borra bosque y memoria colectiva, deja suelo «limpio» para recalificación, y en menos de una década actúa como catalizador de urbanizaciones, infraestructuras o complejos turísticos. Este «borrón ecológico» permite cambios territoriales que en condiciones normales no avanzarían. El incendio se convierte, entonces, en arma de reconfiguración.

2. La modificación contrarreloj de la Ley de Montes (2015)

Hasta 2015, la Ley 43/2003 de Montes prohibía recalificar terrenos forestales incendiados durante 30 años. Pero la reforma, Ley 21/2015, introdujo una excepción: si concurren «razones imperiosas de interés público de primer orden», la comunidad autónoma —o incluso el Estado— puede alterar ese destino mediante ley.

Esto derivó en una cláusula que, desde su aprobación, ha sido criticada por ingenieros, ecologistas y juristas por convertir una protección estricta en un balcón abierto a intereses especulativo. El ámbito jurídico impone, además, que la justificación de interés general sea aprobada como ley expresamente, pero el problema no está en la letra, sino en la interpretación: ¿qué proyecto está excluido de ese interés, y quién decide?

3. Causas estructurales e intencionalidad especulativa

La treintena de causas de incendios (abandonos agrícolas, cambios de uso del suelo, negligencias, condiciones meteorológicas extremas) está documentada. La prolongación de temporadas secas favorece estas conflagraciones, y la hoja se acumula en el monte inactivo. Sin embargo, no todo es natural.

Informes y estudios apuntan a que existe un porcentaje significativo —no cuantificado oficialmente— de incendios provocados con fines de recalificación. El artículo 50.1 de la ley, que permite excepciones, actúa entonces como gancho legal: la devastación del bosque se convierte en el paso previo para liberar suelos.

4. Consecuencias territoriales, ecológicas y sociales

Ecológicas: cada hectárea quemada provoca la pérdida de biodiversidad y la degradación del suelo, alterando ciclos hidrológicos y elevando el riesgo de erosión, inundaciones y desprendimientos. Territoriales: la recalificación refuerza la idea de que la naturaleza vale menos que el suelo reconvertido, rompiendo el equilibrio tradicional rural-urbano. Sociales: se destruyen usos comunitarios fundamentales como pastoreo, recolección o espacios de ocio rural. Se diluye la identidad colectiva y aumenta la mercantilización del paisaje.

En Asturias, que ha perdido un 17 % de su masa forestal desde 2001 (más de 107.000 ha), esto representa una amenaza directa al patrimonio natural y cultural.

5. Responsabilidades en cadena

Identifico varios actores: Autor material: quien prende la mecha (acción u omisión). Beneficiario económico: quien espera lucro de la recalificación. Cómplice institucional: la administración que permite el proceso (inacción, debilidad legal, permisividad). Sin sanciones —cárcel, inhabilitación, expropiación—, la ley se convierte en un manual de impunidad.

6. Soluciones jurídicas y operativas

6.1 Reformas legales urgentes.

Suprimir la excepción de «interés general» o restringirla a infraestructuras esenciales, con definición precisa y plazos de regeneración obligatorios. Introducir criterios objetivos de evaluación territorial antes de cualquier recalificación.

6.2 Prevención estructurada

Intensificar la gestión forestal (cortafuegos, limpieza, reforestación programada). Exigir planes de uso del fuego y quemas autorizadas, según norma autonómica asturiana de septiembre de 2024.

6.3 Investigación y trazabilidad

Sistema nacional de datos e inteligencia artificial para identificar patrones de incendios en zonas susceptibles de recalificación. Acceso satelital (EFFIS, Copernicus) para alertas tempranas.

6.4 Transparencia y control social

Registro público de recalificaciones aprobadas tras incendios. Participación ciudadana vinculante y revisiones económicas tras cada proceso.

6.5 Educación continuada

Campañas permanentes sobre riesgos y consecuencias. Implicación de asociaciones locales, colegios profesionales y ONG conservacionistas.

7. Asturias: territorio en equilibrio roto

Con su rica masa forestal y ecosistemas frágiles, Asturias tiene la oportunidad histórica de liderar una reforma del uso del suelo tras incendio. Pero si se cede al chantaje económico, en una sola generación podríamos trocar robles por urbanizaciones y zapar la memoria colectiva.

La legislación actual, con excepciones permisivas, expone a Asturias a una doble pérdida: ecológica y social. La defensa de lo común exige blindar el monte, no entregarlo al mercader. «La tierra no nos pertenece; nosotros pertenecemos a la tierra».

— Jefe Seattle. «Cada árbol quemado por ambición es una línea borrada en el libro de nuestra memoria colectiva».