El juez exime a la SOF de indemnizar a Extremoduro por cancelar un concierto en 2014

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Un concierto de Extremoduro.Un concierto de Extremoduro
Un concierto de Extremoduro

La banda y el ayuntamiento no llegaron a un acuerdo sobre unas modificaciones técnicas del escenario

14 jul 2016 . Actualizado a las 11:54 h.

El magistrado del juzgado de Primera Instancia número 8 de Oviedo, Miguel Antonio del Palacio, ha desestimado la demanda contra la Sociedad Ovetense de Festejos (SOF) presentada por la cancelación del concierto de Extremoduro el 19 de septiembre de 2014, con motivo de las fiestas de San Mateo. El concierto de 2014 fue suspendido después de que Extremoduro y la SOF no llegarán a un acuerdo sobre algunas modificaciones técnicas del escenario que el grupo consideraba necesarias para su actuación.

Las aseguradoras del promotor del concierto Lloyds, Royal Sun Alliance Insurance PLC, e International Insurance Company of Hannover presentaron una demanda en septiembre de 2015 en la que reclamaban la cantidad de 173.160 euros a la SOF, a la que consideraban responsable de la cancelación que el grupo de rock iba a dar en el recinto festivo de La Ería. Esta cantidad reclamada corresponde al pago realizado a la sociedad promotora del concierto Producciones Rocknrock y desde las aseguradoras culpaban a la SOF de haber "cambiado unilateralmente" las condiciones del contrato provocando la suspensión del evento.

En su sentencia, el juez ha explicado que el objeto de controversia entre las partes ha sido la definición de cuál fue la razón de suspensión del concierto. En los fundamentos jurídicos, el magistrado ha señalado, que no han quedado «señaladas las razones de la anulación del concierto», lo que «conlleva la imposibilidad de efectuar reproche alguno a la SOF».