«La sentencia abre el camino a otros cajeros y cajeras del país», resaltan los letrados

PILAR CAMPO OVIEDO

OVIEDO

Efeso Abogados sostiene que la actividad repetitiva de la trabajadora fue el desencadenante de la patología

03 ago 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Los abogados Carlos Suárez Peinado y Olga Blanco Rozada consideran que la sentencia de los magistrados de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), pionera en nuestro país al contemplar la patología de su representada como una enfermedad profesional, tendrá una gran trascendencia jurídica ante el diagnóstico y la defensa del reconocimiento y registro de las enfermedades profesionales.

«En Efeso Abogados consideramos que sentencias como la de nuestra representada, que sufre una patología debido a su trabajo, son muy importantes porque estamos convencidos de que afecta a muchos otros cajeros y cajeras y, muchas veces, son las decisiones judiciales las que fuerzan la voluntad política», sostienen.

A la cola de Europa

Los letrados advierten de que España está a la cola de Europa en materia de detección y reconocimiento de enfermedades profesionales. Y hacen hincapié en la necesidad de regular este tipo de patologías. «Parece que el trabajo no puede afectar a nuestra salud cuando es al contrario, normalmente es el trabajo el que genera las patologías», subrayan.

A su juicio, como la legislación española incrementa las prestaciones si se trata de dolencias de índole laboral «a nadie le interesa que se investiguen y reconozcan y eso implica adicionalmente, una desprotección en materia de prevención y protección ante los riesgos laborales y una desinformación a los trabajadores intencionada, por lo que entendemos que es, sin duda, una de las causas por las que España es uno de los países de la UE con mayor siniestralidad laboral en nuestro país».