Caunedo dice que el tripartito fue sectario en el cambio del callejero

efe REDACCION

OVIEDO

Agustín Iglesias Caunedo
Agustín Iglesias Caunedo

El portavoz del PP en el Ayuntamiento de Oviedo exige «diálogo» después de la sentencia adversa a la eliminación de referencias al franquismo

20 sep 2018 . Actualizado a las 20:18 h.

El portavoz del PP en el Ayuntamiento de Oviedo, Agustín Iglesias Caunedo, ha acusado hoy al gobierno del tripartito -PSOE, Somos e IU- de practicar una política sectaria y dividir a la ciudad por el cambio de denominación del callejero.

Caunedo ha realizado sus declaraciones tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Oviedo que anula el cambio de denominación de 21 calles de Oviedo, aprobado por el equipo de gobierno municipal, al advertir que se incluyeron diversos errores procedimentales que, de no subsanarse, esas vías deberán recuperar su anterior denominación.

El portavoz popular, que ha estado acompañado en la rueda de prensa de todos los ediles del grupo, ha asegurado que esta situación ha sido la consecuencia de no haber dialogado con la oposición, ni los vecinos.

Además, ha recordado que un cambio del callejero exige «diálogo», y ha dicho que no conoce corporación en España que pretendiendo que sus acuerdos sirvan a la ciudad no trate de alcanzar acuerdos con la oposición.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, ha atendido los recursos presentados por el PP, por la Hermandad de Defensores de Oviedo y por un particular.

Según la magistrada Belén Alicia López, que impone las costas al Ayuntamiento, el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno municipal contiene «diversos errores procedimentales» y, por lo tanto, «no se ajustó a derecho».

Así, señala, de modificarse dichos errores en los términos contenidos en la sentencia, «deberá devolverse a las calles anteriores su denominación anterior» al tratarse de un acto «adoptado prácticamente de plano y puramente discrecional» por el alcalde de Oviedo, el socialista Wenceslao López.

A su juicio, es el alcalde el que, en su propuesta, y «motu proprio» decide qué calles tienen encaje en el artículo 15.1 de la Ley de Memoria Histórica y deben ser sustituidas.

El expediente administrativo, asegura la sentencia, sólo cuenta con la propuesta del alcalde y con la aprobación y con un informe técnico del servicio de estadística, «que ninguna relación guarda con la concurrencia de los requisitos del artículo 15 de la Ley llamada de Memoria Histórica».

Dada la complejidad de la cuestión, añade, resulta necesario justificar técnicamente mediante informes emitidos por expertos en la materia que las calles a sustituir se encuentran dentro del supuesto del artículo 15.1 de la ley y considera «evidente» que la actuación impugnada «adolece de ello».

Según el equipo de gobierno, los nuevos nombres aprobados para las vías otorgaban un especial protagonismo a las mujeres para tratar de paliar su invisibilización en el callejero local e incluían a personajes fallecidos con una trayectoria brillante en el mundo de la ciencia, la cultura o el activismo social y que en muchos casos tuvieron un importante vínculo con Oviedo y Asturias.

Esta decisión supuso retirar del callejero denominaciones como Alférez Provisional (ahora Charles Darwin), Calvo Sotelo (Federico García Lorca), Celestino Mendizábal (Maestras de la República) Comandante Vallespín (Gloria Fuertes), Coronel Aranda (Trece Rosas), General Yagüe (Juan Benito Argüelles) o las de la Plaza de la Gesta (del Fresno) y de la Liberación (de la Libertad).