Absueltos los seis acusados de dar una paliza a un promotor en Oviedo

La Voz

OVIEDO

Juzgados Oviedo
Juzgados Oviedo

La Audiencia considera que las pruebas de las acusaciones no van más allá de una duda razonable

05 mar 2020 . Actualizado a las 18:33 h.

La Audiencia Provincial ha absuelto a los cinco acusados de sendos delitos de robo con violencia y lesiones por la brutal paliza que recibió un promotor inmobiliario, al que varios encapuchados amordazaron y retuvieron junto a su mujer y su empleada, en su domicilio en Oviedo, para robarles y ha eximido a una sexta procesada del delito de encubrimiento.

La Audiencia considera que las pruebas de las acusaciones no van más allá de «una duda razonable» y que no son suficientes para una sentencia condenatoria.

El tribunal de la Sección Segunda estima que los acusados F.M.S.G., J.G.D., L.R.C. y J.A.F.A. no tuvieron participación directa en el asalto que sufrieron el promotor C. Z.P. y su esposa Y.F.P. y descarta que el acusado J.A.F.A. les hubiera facilitado el modo de acceder al inmueble o los hábitos y movimientos de sus habitantes, al disponer de planos del domicilio y del edificio por haber realizado obras con su empresa de reformas.

También han acordado absolver a G.M.R. de la acusación de encubrimiento ante la falta de pruebas de que ocultara en su domicilio los efectos sustraídos en la vivienda de las víctimas.

El asalto tuvo lugar a las 21 horas del 10 de diciembre de 2015, cuando cuatro personas, con la cara tapada y llevando en las manos unas «guantillas» propias de determinados deportes de contacto, «actuando de común acuerdo», abordaron a C.Z.P. y Y.F.P. cuando regresaban a su vivienda, en la octava planta octava de un edificio ubicado en Avenida de Lisboa de Oviedo.

Uno de los individuos se abalanzó sobre C.Z.P. cuando salía del ascensor y le propinó un puñetazo en la cara, tras lo cual entre los cuatro lo tiraron al suelo, donde siguieron golpeándole, le ataron las manos a la espalda con bridas y le taparon la boca con cinta americana.

Un segundo asaltante tapó con su mano la boca de Y.F.P., le apuntó con una pistola en la cabeza y la condujo hasta la vivienda para que desconectara el panel de la alarma, a pesar de que la mujer le decía que no estaba activada porque la empleada del hogar estaba dentro.

En ese momento, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la empleada salió al pasillo y el mismo individuo condujo a ambas mujeres a la cocina, donde las obligó a tirarse al suelo y, sin dejar de encañonar a Y.F.P. en la cabeza con la pistola, le dijo que «lo sabía todo de sus hijos» y que les diera la contraseña de la caja fuerte «para ahorrarse sufrimientos».

A continuación, entró un segundo individuo y entre ambos ataron de pies y manos a Y.F.P. y a la empleada del hogar con cinta americana.

Simultáneamente, dos de los asaltantes condujeron al promotor al interior de la vivienda, mientras uno de ellos lo encañonaba con otra pistola, y lo llevaron hasta el dormitorio principal, en el que se encuentra la caja fuerte, donde le exigieron la contraseña y la llave, mientras seguían encañonándole y le decían «esto ya lo tenemos cobrado, te pegamos tres tiros y te dejamos ahí».

Después de que C.Z.P. les facilitara la contraseña y las llaves, abrieron la caja y se llevaron como botín relojes, documentación, 92 décimos de lotería, varias joyas y 47.000 euros.

El promotor sufrió, entre otras lesiones, fractura nasal y de un ojo, por los que precisó cirugía maxilofacial y requirió múltiples tratamientos oftalmológicos farmacológicos, así como un ingreso hospitalario posterior por una tromboembolia pulmonar en relación factible con la fractura orbitaria.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).