Incapacitado un conductor de mercancías peligrosas por su sordera

La Voz

OVIEDO

Juzgado de Oviedo, Audiencia Provincial de Oviedo
Juzgado de Oviedo, Audiencia Provincial de Oviedo

El chófer, de 55 años, asegura que si continuaba con su profesión «ponía en peligro mi vida y la del resto de conductores y viandantes»

10 dic 2020 . Actualizado a las 18:44 h.

Una jueza de Oviedo ha reconocido la incapacidad permanente total de un conductor de un tráiler de mercancías peligrosas al considerar que la sordera que padece es incompatible con su profesión, especialmente por el riesgo que entraña para la seguridad vial, lo que le permitirá acceder a una renta vitalicia del 55% de su base reguladora.

La titular del Juzgado de lo Social número 4 de Oviedo ha reconocido el derecho del chófer, de 55 años, a acogerse a la incapacidad permanente total en base a los informes de un centro de reconocimiento de conductores que le declaró no apto y de la Jefatura Provincial de Tráfico que inició un expediente de declaración de pérdida tanto del permiso de conducir como de la autorización especial para transportar mercancías peligrosas.

A pesar de que el conductor disponía de ambos informes, tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) le denegaron la solicitud, circunstancia que propició una sucesión de bajas por incapacidad temporal y finalmente derivó en el desempleo.

Al quedar en paro, el conductor, casado y padre de dos hijos, puso el caso en manos del despacho de abogados Velázquez y Villa que presentó una demanda sobre incapacidad permanente absoluta o total derivada de enfermedad común contra ambos organismos.

La magistrada-juez de lo Social asegura en la sentencia que las lesiones auditivas que presenta el conductor son «un menoscabo» cuyas disminuciones funcionales anatómicas y fisiológicas le impide la realización de su profesión al ser un trabajo que requiere de dotes de atención reforzados frente al peligro que supone la conducción.

Asimismo, hace hincapié en los informes de un Centro oficial de Reconocimiento de Conductores donde le declaraba como «no apto» para los permisos C1, EC1, C, EC, D1, ED1, D y ED, necesarios para el ejercicio de su profesión y en el hecho de que la Jefatura Provincial de Tráfico había iniciado un expediente de declaración de pérdida de vigencia de los permisos de conducción y de la autorización especial para conducir vehículos peligrosos.

El conductor, que trabajaba desde hacía 25 años para la misma compañía, ha declarado su satisfacción porque si continuaba ejerciendo la profesión «ponía en peligro mi vida y la del resto de conductores y viandantes».

Su abogada, Maite M. Villa, ha resaltado la «contradicción» que se daba en su caso especialmente tras la aprobación del anteproyecto de ley de seguridad vial que pretende rebajar un 50% los fallecidos y heridos graves en las carreteras en la próxima década.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), informa Efe.