Tres acusados aceptan penas de 1 año y 11 meses por la muerte de un trabajador en Gozón en 2022
OVIEDO
El trabajador que resultó fallecido, con categoría de oficial de segunda, estaba destinado en el puesto de trabajo de operario de producción
07 may 2025 . Actualizado a las 14:25 h.Tres acusados admitieron formalmente este miércoles su responsabilidad en un accidente laboral ocurrido en una empresa de Gozón en 2022 en el que falleció un trabajador, atrapado en una máquina, por el que cada uno de ellos ha aceptado penas de un año y 11 meses: 8 meses por el delito contra la vida y la salud de los trabajadores y 15 meses por homicidio por imprudencia grave. La vista de ratificación de la conformidad prestada por los acusados se celebró esta mañana en el Juzgado de lo Penal nº 2 de Avilés.
La Fiscalía del Principado informa que el 16 de septiembre de 2022, el trabajador que resultó fallecido, con categoría de oficial de segunda, estaba destinado en el puesto de trabajo de operario de producción, como especialista en transformación y manipulación de plásticos de una empresa en Gozón, en la que el responsable de la sección de producción era uno de los acusados, quien, junto al trabajador accidentado y otro compañero, empleaba una máquina termoformadora de vacío.
El fallecido, que llevaba a cabo un cambio de contramolde en la máquina termoformadora sobre las 20:10 horas, al no poder ajustar un mecanismo de sujeción o guía, accedió a la máquina subiendo por una escalera de tijera e introdujo su cuerpo entre el bastidor móvil superior y el bastidor fijo superior; dado que por su constitución física, al ser de altura superior a 1,80 metros y corpulento, no podía acceder por otra vía.
En ese momento se soltó un manguito del circuito neumático, de modo que al salir el aire del mismo, la máquina vibró y accionó, subiendo el bastidor móvil superior hasta su posición final, momento en el que el trabajador quedó atrapado, y falleció debido a un traumatismo craneoencefálico por aplastamiento craneal.
El fallecido no había recibido la información y formación precisa para desarrollar dicha actividad y la máquina no tenía manual de instrucciones ni la empresa había elaborado un manual de uso, con lo que no disponía de un procedimiento de trabajo seguro ni para desarrollar su actividad habitual en el empleo de la termoformadora ni para subsanar las deficiencias que pudieran producirse. Además, la máquina no se encontraba homologada pese haber transcurrido el plazo para su adecuación al real decreto y se habían realizado intervenciones posteriores sobre la misma que no garantizaban la seguridad de los trabajadores.
Otro de los acusados era gerente de la empresa y el máximo responsable de adoptar las medidas de seguridad de los trabajadores, y debía haber efectuado las gestiones oportunas para la homologación de la máquina. También estaba acusada la responsable de la oficina técnica y de seguridad en la empresa, con funciones de enlace o interlocución con el servicio de prevención ajeno, quien supervisó la formación dada al trabajador accidentado. La mujer, teniendo conocimiento de la necesidad de homologación de la máquina y la necesidad de aplicar un procedimiento de trabajo seguro a la hora de actuar con el equipo de trabajo, no efectuó las gestiones para tal fin.
El gerente de la empresa y la responsable de la oficina técnica eran los responsables de resolver las incidencias que surgieran en ausencia del responsable de producción. No obstante, no quedaba ninguna persona con esa función en el turno de tarde, que se desarrollaba desde las 14:00 horas hasta las 22:00 horas. El gerente de la empresa era el responsable de producción, encargado de elaborar un procedimiento de trabajo seguro, conocía el funcionamiento de la termoformadora y podía haber adoptado las medidas de seguridad sobre la misma. Los herederos del fallecido ya han sido indemnizados por la compañía de seguros.
En concepto de responsabilidad civil, los acusados indemnizarán al Sespa y a Bomberos de Asturias con la cantidad que se determine por los gastos causados. El Fiscal no se opone a la suspensión de las penas de prisión a los acusados, al estimar que concurren los requisitos y presupuestos para ello, condicionado, durante un período de 2 años, a que no cometan hecho delictivo alguno y al abono de la responsabilidad civil. Informa Efe.