CCOO los había impugnado por considerar que los docentes fueron designados «a dedo» por la Consejería de Educación, desde donde matizan que los nombramientos se produjeron antes de la llegada del actual equipo y que en todo caso fue una situación excepcional y transitoria
07 sep 2023 . Actualizado a las 19:59 h.El sindicato CCOO ha informado hoy de que el juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Oviedo ha anulado los nombramientos de la plantilla del Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) La Fresneda para los cursos 2021/2022 y 2022/2023. Según el sindicato, tras la creación oficial del centro la Consejería de Educación nombró «a dedo» a los docentes que ocuparían las plazas que forman parte de la plantilla orgánica. CCOO decidió entonces impugnar esos nombramientos, al entender que no se respetaban los principios de igualdad, publicidad, mérito, capacidad y libre concurrencia.
El juzgado remitía hoy mismo la sentencia al servicio jurídico del Principado de Asturias y, según informan en la Consejería de Educación, no se ha podido analizar con profundidad, pero recuerdan que esos nombramientos se produjeron durante la anterior legislatura y antes de la llegada del actual equipo, además de que en todo caso se puede acreditar que ha sido una «situación excepcional y transitoria»
«La Consejería de Educación desoyó los argumentos de CCOO alegando la excepcionalidad y urgencia de los nombramientos, a pesar de que el centro comenzó a construirse dos años antes y, por tanto, se trataba de una actuación prevista y planificada con anterioridad», consideran en CCOO; por lo que el sindicato vio obligado a recurrir «a la vía judicial».
CCOO considera que la trascendencia de esta sentencia, una vez finalizadas las comisiones de servicio iniciales y habiendo sido cubiertas las plazas por el procedimiento ordinario del concurso de traslados para este curso, reside en que la Consejería de Educación deberá respetar los principios mencionados para la cobertura de puestos docentes cuando se concluyan las obras y se pongan en funcionamiento los nuevos centros de Roces, la Corredoria, la Fresneda y cualquiera otro que se cree en el futuro.
El sindicato aclra que no cuestiona el buen hacer docente y la capacidad para ocupar los puestos recurridos de las personas que trabajaron en este Instituto los dos pasados cursos, sino la manera de proceder de la Consejería de Educación, informa Europa Press.
Supuestos de urgente e inaplazable necesidad
Por su parte, desde la Consejería recuerdan que la comisión de servicios para cubrir plazas es un procedimiento que la ley prevé para supuestos de urgente e inaplazable necesidad, «sin que la Administración esté constreñida a establecer una publicidad determinada por norma legal para la provisión de esos puestos», tal y como reconoce la propia sentencia. «Si bien es cierto que la jurisprudencia aconseja garantizar el principio de publicidad que permita la concurrencia, en aquel momento se entendió que el procedimiento podría dilatarse en el tiempo y podría comprometer el derecho a la educación del alumnado si no se contaba con el profesorado para el inicio de curso», matizan.
Asimismo, en la Consejería de Educación se considera que se puede acreditar que ha sido una «situación excepcional y transitoria» dado que, a fecha actual, «se han promovido los oportunos y reglamentarios procedimientos de provisión de puestos». En ese sentido, explican que esas plazas cubiertas inicialmente con una comisión de servicios se incluyeron en el último concurso de traslado y ya han sido adjudicadas a docentes que las solicitaron en ese procedimiento público.
También recuerdan que a sentencia no es firme y los servicios jurídicos y la consejería valorarán la oportunidad de interponer un recurso.