Revocó una sentencia que había multado a un hombre por tener cien camisetas con la inscripción «Blood & Honour», nombre que lleva también una organización neonazi prohibida.
La condena pasa de seis a dos años de cárcel porque no hay pruebas de que «haya utilizado a menores de edad para elaborar el material» ni que haya intervenido en la producción del mismo.
El Supremo cree que la rueda de reconocimiento en la que se basa la Audiencia Provincial para condenar a esta persona «no fue correcta y por tanto careció de la virtualidad para que la identificación pudiera ser tenida por válida».