El retraso en denunciar un acoso sexual hace dudar al tribunal de su realidad
La presunción de inocencia justifica la absolución del vecino de Cortegada acusado por un sobrina El carácter «especialmente odioso» de los casos contra la libertad sexual, máxime tratándose de menores y en el ámbito familiar, «merecen un especial reproche moral y social», pero no por ello se puede olvidar el derecho a la presunción de inocencia. La sección segunda de la Audiencia de Ourense no ha encontrado elementos suficientes para condenar a un vecino de Cortegada, César Evasio G.G., de 51 años, a quien una sobrina y ahijada imputada una situación de acoso sexual continuado entre 1993 y 1996, ya en Ourense o en la localidad de Razo, en Carballo, donde la denunciante vivía con su madre.
REDACCIÓN