TEMA Elecciones autonómicas

Últimos artículos publicados

30 ene 2009

El voto por correo se puede solicitar hasta el 19 de febrero

Los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes podrán ejercer su derecho a votar entregando personalmente los sobres de votación en la oficina consular en el que estén inscritos no más tarde del 22 de febrero de 2009 o mediante voto por correo.

EFE