La sentencia, que no es recurrible, argumenta que «se trata de una medida de carácter sanitario que no se corresponde con ninguna de las concretas suspensiones de derechos fundamentales impuestas en los estados de alarma»
Carlos Pérez, responsable de una constructora de Sanxenxo, explica que no encuentra trabajadores y que en verano, cuando demandó limpiadores de inodoros, casi todos los contratados fueron extranjeros