El Supremo decidirá el 5 de noviembre quién paga el impuesto de las hipotecas

La Voz

ACTUALIDAD

El presidente del alto tribunal se reunió de urgencia este lunes con el de la Sala Tercera y con los jueces que dictaron la controvertida sentencia para hacer balance de daños. Los bancos, por su parte, prosiguen con la firma de préstamos, a pesar de que mayoría han retirado de sus webs la información referente a las hipotecas

22 oct 2018 . Actualizado a las 15:28 h.

¿Quién debe asumir el pago de los impuestos derivados de un préstamo hipotecario? ¿Por qué sigue el tema en el aire si hay una sentencia firme del Supremo que libera a los ciudadanos de tal obligación? Porque no es firme. Porque está paralizada. Porque no solo se ha congelado cualquier posible reclamación, sino también la puesta en práctica de esta decisión en los nuevos contratos. El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, se ha reunido este lunes con los seis magistrados que dictaron el controvertido fallo, con el vicepresidente del Alto Tribunal, Angel Juanes, y con el presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, Luis María Díez-Picazo para analizar la situación y hacer balance de daños. De la cita ha salido la fecha del pleno en el que se decidirá su se confirma o no la doctrina que atribuye a la banca el pago del tributo: será el próximo lunes 5 de noviembre.

El alto tribunal decidió la semana pasada, en contra de su propio criterio, que era la entidad financiera, y no el cliente la que debía hacerse cargo del impuesto de actos jurídicos documentado. En febrero de este mismo año había estimado lo contrario: que el pago debía recaer en el cliente. Ante la avalancha de críticas y el desplome de la cotización de los bancos, el Supremo reculó sin embargo al día siguiente de posicionarse a favor de los hipotecados y anunció que paralizaba con carácter urgente todos los recursos y que estudiaría si confirmaba o no la decisión.

El presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, fue el encargado de hacer este movimiento: explicó que dicha decisión, la de echar el freno, respondía al «giro radical» que supone en la jurisprudencia este nuevo dictamen, y también a la «enorme repercusión económica y social» que ha alcanzado. ¿Cuál es su verdadero alcance? De aplicarse, ahorraría a los hipotecados la totalidad de los gastos de formalización de una hipoteca que vienen impuestos por el banco en la escritura de préstamo -notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación e impuesto de actos jurídicos documentados- y, además, les permitiría reclamar el reembolso de los mismos. ¿A todos los que tengan un préstamo de este tipo? Al menos a los que lo hayan solicitado en los últimos cuatro años.

Lesmes ha aclarado este lunes, a través de un comunicado, que la sentencia dictada la semana pasada es «firme y no susceptible de revisión por el Pleno de la Sala Tercera, produciendo plenos efectos en relación con las partes en litigio». En todo momento, prosigue su texto, los magistrados «han actuado con plena lealtad al Alto Tribunal, así como con independencia, profesionalidad y competencia técnica en la interpretación y aplicación de la ley, y con escrupuloso respeto a las normas procesales aplicables al presente caso».

Piden la dimisión del presidente de la Sala

Para la asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) la convocatoria del pleno para resolver si se mantiene o no la decisión de los miembros del tribunal ha generado «desconcierto en la ciudadanía» y «alarma social», por lo que han exigido la «inmediata dimisión» de Luis María Díez-Pizazo al considerar que es el «único y exclusivo» responsable de ello. Creen que el presidente de la Sala Tercera ha hecho una «nefasta gestión del asunto», que también ha provocado una «inseguridad jurídica» al utilizar «indebidamente» las facultades legales que la legislación le encomienda a un Tribunal colegiado y de la entidad del Supremo, poniendo «en tela de juicio la imparcialidad e independencia de los jueces».

¿Se siguen concediendo hipotecas?

Los principales bancos españoles, expectantes, han retirado de sus páginas web la información referente a las hipotecas a la espera de que el Supremo se aclare -estos apartados se mantienen inactivos en los portales del BBVA, del Banco Santander y de Bankia-. Según ha podido saber Efe, algunas entidades están incluso revisando las condiciones de sus préstamos y ni siquiera están ofreciendo esta información en sus oficinas. Fuentes del sector consultadas por Europa Press, garantizan, sin embargo, que la mayoría de ellas prosiguen con la firma de hipotecas con normalidad, aplicando los criterios establecidos antes de que se hiciese pública la sentencia que ahora revisa el alto tribunal.

A punto de prescribir

La organización de consumidores Facua recomienda a los usuarios que firmaron una hipoteca en los meses de septiembre y octubre del 2014 que presenten con urgencia una reclamación a la Hacienda autonómica para solicitar la devolución del impuesto de actos jurídicos documentados con el fin de evitar que prescriba el plazo. 

Los artículos 66 y 67 de la Ley 58/2003 General Tributaria, del 17 de diciembre, establecen que el plazo de prescripción de cuatro años para reclamar a Hacienda comienza a contarse a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la firma de la escritura de la hipoteca ante notario. Los usuarios, explica Facua, deben solicitar a la Agencia Tributaria de su comunidad la rectificación de la autoliquidación del IAJD y la devolución de ingresos indebidos mediante un escrito. En él deben hacer alusión a la controvertida sentencia nº 1505/2018 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que señala que el sujeto pasivo del impuesto es el banco y no el usuario.

«Vergüenza suprema» en la revisión del fallo

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) tiene también algo que decir: considera que «provoca vergüenza suprema» la decisión del alto tribunal de dejar en el aire la sentencia, alertando de que su «legitimidad» está «en entredicho». «No es la primera vez que el TS opta por aplicar medidas económicas frente a las jurídicas, que son las únicas que le competen», ha criticado la PAH en declaraciones recogidas por Efe en las que recuerda que cuando la Sala de lo Civil dictó sentencia sobre las cláusulas suelo en mayo del 2013, limitando la devolución por los bancos a la fecha de su sentencia, tuvo que ser el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en diciembre del 2016 el que fijase que la devolución tenía que ser desde el momento de la firma de la hipoteca.