¿Vas a circular por Madrid en coche? Si no llevas la etiqueta ambiental puede costarte 15 euros

La Voz REDACCIÓN

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Victor Ocaña | EFE

El distintivo es obligatorio para todos los vehículos, salvo para los de gasolina matriculados antes del 2000 y de los diésel previos al 2006 y motos anteriores al 2000; los conductores que no lo lleven se exponen a ser multados

25 abr 2019 . Actualizado a las 07:57 h.

 Acaba de entrar en vigor la obligatoriedad de llevar el distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) para circular por la ciudad de Madrid. Estas etiquetas fueron lanzadas por la DGT para clasificar a los vehículos a motor según su potencial contaminante. ¿Pero qué supone para el conductor esa norma?

¿Qué área está afectada por esta norma?

El término municipal de Madrid, con todas las calles de los 21 distritos del ayuntamiento y también la M-30.

¿Están obligados los no residentes en la ciudad de Madrid?

Sí, no es una ordenanza que afecte solo a los habitantes de Madrid, ya que deben cumplirla todos aquellos que circulen por la capital. La DGT recomienda utilizar las pegatinas en el resto de España, pero de momento no es obligatorio.

¿Qué coches tiene que llevar la etiqueta?

Todos, salvo los de gasolina matriculados antes del 2000 y de los diésel previos a 2006 y motos anteriores al 2000, que son considerados los más contaminantes y entran dentro de la categoría A. También están exentos aquellos que sean considerados modelos históricos.

Los diferentes tipos de distintivo
Los diferentes tipos de distintivo DGT

¿Cuáles son los distintivos?

Cero Emisiones, etiqueta azul: coches eléctricos e híbridos enchufables. ECO, etiqueta verde y azul: híbridos no enchufables. C, pegatina verde: turismos y furgonetas de gasolina matriculadas a partir del 2006 y diésel a partir del 2014. B, amarilla: vehículos de gasolina desde el 2000 y diésel del 2006 al 2014.

¿Los vehículos A, para los que no hay pegatina de la DGT, pueden circular?

Pueden entrar en la ciudad, aunque no acceder a todas las zonas, porque ya tenían prohibida la circulación por la almendra conocida como Madrid Central.

¿Dónde pueden conseguirse las etiquetas?

En oficinas de Correos, abonando cinco euros. También en ciertos talleres y gestores administrativos. Es necesario presentar el DNI y el permiso de circulación.

¿Qué supone no llevar el distintivo en un vehículo en el que es obligatorio?

Exponerse a una multa de 15 euros por haber cometido una infracción leve. Esa es la sanción inicial fijada por el Ayuntamiento de Madrid, aunque la norma contempla la posibilidad de que se pueda cambiar el importe en un futuro hasta 100 euros.

¿Cómo funcionan las pegatinas cuando se activan protocolos anticontaminación?

Sin protocolo, solo pueden entrar en la almendra central sin restricciones los Cero Emisiones y ECO. Los C y B tendrán acceso si han gestionado previamente un aparcamiento. Cuando se pone en marcha el protocolo dos, los vehículos sin etiqueta, los más contaminantes, tiene prohibido circular por el interior de la M-30 y por el interior de esta vía. Con el tres, el veto a este tipo de coches se extiende a toda la ciudad. Con el cuatro, la restricción en la M-30 y su interior alcanza también a los vehículos B, con pegatina amarilla. Con el cinco, que nunca se ha activado, ya que supone un nivel de alerta de la Unión Europea, también se quedan fuera los C, de etiqueta verde, y solo podrían circular por la ciudad los catalogados como ECO y Cero Emisiones.