La jueza archiva provisionalmente la causa del 8M al no ver indicios de delito en la actuación delegado del Gobierno en Madrid
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Concluye tras las diligencias de investigación practicadas que José Manuel Franco «no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones»
12 jun 2020 . Actualizado a las 18:44 h.La jueza Carmen Rodríguez-Medel, titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, ha decidido archivar provisionalmente la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, al que investigaba por un presunto delito de prevaricación administrativa por autorizar la manifestación del 8M. Tras la práctica de las diligencias acordadas y el interrogatorio de los testigos citados en la causa, la magistrada estima que no existen indicios suficientes de delito en los hechos que se atribuían a Franco como para actuar contra él por prevaricación.
En el auto en el que decide el archivo de la causa, Rodríguez-Medel afirma que entre el 5 de marzo y el 14 del mismo mes, cuando se decretó el estado de alarma, Franco «no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones» como la del 8M, a la que asistieron más de 120.000 personas. Según la jueza, el delegado del Gobierno en Madrid «no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario».
Concluye también que «ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó del delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del covid-19».
En un extenso auto de 51 páginas, la magistrada explica que el objetivo de la investigación se circunscribe «única y exclusivamente a las decisiones jurídicas adoptadas entre el 5 y el 14 de marzo de 2020 por el delegado de Gobierno de Madrid, don José Manuel Franco Pardo, como autoridad administrativa con unas competencias determinadas legalmente sobre las concentraciones y manifestaciones que habían sido comunicadas a esa Delegación por celebrarse en Madrid, todo ello en relación con la crisis sanitaria derivada del covid-19».
Las decisiones jurídicas que adoptó Franco no encajan por ahora para Rodríguez-Medel en la comisión de un delito. «No hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos a Franco», señala, porque sus competencias legales establecen que sea «garante de los derechos y libertades de los ciudadanos con ocasión de dichas concentraciones en la vía pública». Y durante el período objeto de la investigación, «solo en una ocasión ejerció esa competencia por afectar a un derecho fundamental, prohibiendo una concentración». Esta precisión se refiere a una manifestación que había sido convocada frente a la casa del vicepresidente segundo, Pablo Iglesias.
«Permanente inactividad jurídica»
En el resto de manifestaciones convocadas, «Franco exigía que se adoptasen precauciones en las mismas, si bien relativas, frecuentemente, a que se desarrollaran con determinadas restricciones: en la vía peatonal, sin invadir la calzada ni impidiendo el acceso a edificios». Con esa actitud, el investigado mantuvo «una permanente inactividad jurídica en relación con las manifestaciones y el covid-19», relata.
Estima la magistrada que, para que se pudiera atribuir al delegado del Gobierno el delito de prevaricación, es necesario que Franco «fuera conocedor del riesgo, no un conocimiento popular, un sentir común, sino un conocimiento técnico sólido y suficiente como para restringir un derecho fundamental. Es este concreto extremo el que, tras las múltiples diligencias de investigación practicadas, se considera que indiciariamente no ha quedado acreditado en autos, motivando el archivo provisional de la causa».
Pese a todo, Rodríguez-Medel deniega la petición de sobreseimiento libre que había solicitado la Abogacía del Estado, que defiende a Franco, y solo cierra la causa de forma provisional. Es decir, que si recibiera informaciones novedosas sobre el objeto de la investigación, podría reabrirla.
El auto contiene de hecho algunas alusiones críticas al proceder del delegado del Gobierno. «Incluso tras el anuncio de la Comunidad de Madrid de la suspensión de toda actividad educativa presencial el día 9 de marzo (lunes) e incluso tras su entrada en vigor (11 de marzo, miércoles, día de la declaración de la pandemia por la Organización Mundial de la Salud), el Delegado del Gobierno Sr. Franco continuó dictando resoluciones de toma de conocimiento de concentraciones o manifestaciones sin exigir que se adoptara medida de precaución alguna. Así lo hizo al menos en 16 ocasiones en los días 10 y el 11 de marzo 2020», señala.
Y añade que «las resoluciones administrativas dictadas por el Sr. Franco en el ejercicio de su competencia legal en esta materia, sin acordar prohibiciones o precauciones durante el desarrollo de la manifestación o concentración, dieron lugar a que entre el 5 y el 14 de marzo se celebraran 130 concentraciones y manifestaciones en Madrid, algunas con un importantísimo número de manifestantes, como la del 8-M». La magistrada precisa que «la celebración de las concentraciones y manifestaciones masivas indiciariamente aumentaron el riesgo de contagio del covid-19, es decir, supusieron indiciariamente un riesgo para la salud pública».
Cuestiona también que el requerimiento o petición de información a los convocantes de las manifestaciones no se hiciera «por escrito». Y concluye que «de las llamadas telefónicas no se dejó constancia en el expediente administrativo, siendo este sistema de llamadas telefónicas un método que no había sido utilizado antes en la Unidad de Seguridad Ciudadana para instar a los convocantes a que no ejercieran su derecho fundamental si bien era frecuente la comunicación por teléfono con los convocantes sin que nunca dichas llamadas se documentaran en el expediente».
El cierre provisional de la causa llega después de una fuerte polémica política por el informe aportado por la Guardia Civil , en el que se apuntaba a responsabilidades no solo de Franco, sino también del doctor Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad. Ese informe motivó la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos, al mando de la comandancia del instituto armado en Madrid, por parte del Ministerio del Interior por pérdida de confianza, según consta en el escrito firmado por la directora de la Guardia Civil, María Gámez, en el que se comunica su cese.
Los testigos que habían declarado ante la Guardia Civil para la elaboración de ese informe aclararon ayer a la jueza que no se habían sentido presionados por la Delegación del Gobierno para desconvocar actos posteriores al 8M. Aunque corroboraron las declaraciones que constan en el informe, algunos atribuyeron a una mala interpretación de sus palabras que la Guardia Civil extrajera la conclusión de que se les había obligado a hacerlo por motivos sanitarios.