La Fiscalía del Supremo se inclina por archivar la investigación sobre los negocios opacos del rey emérito

Mateo Balín MADRID / COLPISA

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Foto de archivo del rey Juan Carlos I
Foto de archivo del rey Juan Carlos I EDUARDO PARRA | Europa Press

Arguye que en una etapa era inviolable y en la otra han prescrito

31 oct 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha hallado indicios de delito en la investigación abierta al rey emérito. Sin embargo, el blindaje de la inviolabilidad constitucional que le otorgó su condición de jefe de Estado hasta que abdicó, en junio del 2014, y la prescripción del delito fiscal que hubiera podido cometer hasta el ejercicio siguiente han abocado al archivo de las diligencias abiertas en junio pasado. Según avanzó este viernes El Confidencial y confirmaron fuentes jurídicas, el fiscal del alto tribunal responsable de este caso, Juan Ignacio Campos, se ha inclinado por no querellarse contra don Juan Carlos ante la Sala Segunda (de lo Penal) del Supremo y ya está elaborando las conclusiones de su informe con esta tesis.

Campos ha contado con tres fiscales más y un equipo de peritos de la Agencia Tributaria para examinar la documentación que le han mandado sus colegas de Suiza, donde el rey emérito mantuvo un entramado societario oculto a la Hacienda española. Y desde que se abrieron las diligencias de investigación solo se ha conocido públicamente una referencia al estado de las pesquisas. Fue el pasado 1 de octubre, cuando el fiscal del Supremo expuso en un informe remitido a la Sala Segunda que las investigación había «avanzado desde su iniciación cualitativa y cuantitativamente» y consideraba que no debía «cesar en la investigación que tiene encomendada».

Además, exponía que «la comisión rogatoria solicitada en su momento a la Fiscalía de la República y Cantón de Ginebra abre nuevas perspectivas, y la necesidad de ser complementada con la práctica de otras diligencias, que sin duda abrirán un abanico de posibilidades imposibles de valorar en este momento».

Pues bien, apenas un mes después de aquella referencia tan llamativa -realizada en la tramitación de una querella de la asociación independentista Omnium Cultural contra don Juan Carlos- estas diligencias ya se han debido de practicar y la conclusión es que, pese a los indicios de delito fiscal y/o de blanqueo de capitales continuado que pudieran haberse encontrado, el blindaje que le otorgaba la Constitución al jefe del Estado (artículo 56.3) y la prescripción hace inviable la petición de imputación a la Sala.

Pesquisas fiscales

Por este motivo, los investigadores habrían buscado sin éxito indicios sobre la presunta comisión de delitos contra la Hacienda Pública más allá del 2015, el último ejercicio que no se considera prescrito. Para ello, han examinado si Juan Carlos I omitió ingresos tributarios por una cantidad superior a los 120.000 euros en alguno de estos años fiscales, lo que hubiera abierto la puerta a perseguir un segundo delito: el blanqueo de capitales.

La jurisprudencia del alto tribunal considera el delito fiscal (defraudación de la cuota tributaria) como antecedente necesario para el blanqueo. Este ilícito penal se demuestra si en las cuentas de las que fue titular el anterior monarca (como el depósito 505523 en el banco suizo Mirabaud, donde se encontraba hasta su disolución la Fundación Lucum, de la que era primer beneficiario) hubiera salido dinero hacia otras cuentas con las que se hubieran cubierto gastos personales.

En cualquier caso, es sabido que el origen del blanqueo de capitales habría tenido lugar por el afloramiento a través de la examiga de don Juan Carlos, Corinna Larsen, de 65 millones de euros que él previamente le transfirió desde su cuenta en Suiza de la citada fundación panameña. La razón de peso es que está demostrado que este movimiento se produjo durante su reinado, en junio del 2012, por lo que no tendría consecuencias penales. Con todo, ambos investigados han sostenido que se trató de una millonaria donación sin contraprestación alguna, solo por los servicios y atenciones prestados por Corinna Larsen.

En suma, con este archivo la Fiscalía del Supremo estaría asumiendo la condición de la inviolabilidad en los mismos términos del dictamen de los letrados del Congreso, que el 15 de junio pasado señalaron que «las prerrogativas de la inviolabilidad y no sujeción a responsabilidad [...] son absolutas, abarcan la totalidad del período que se ejerce la jefatura del Estado y tienen efectos permanentes».

Con este informe en la mano, el PSOE se opuso en su momento a la creación de una comisión de investigación sobre los negocios del rey emérito, que fue reclamada por ocho grupos del Congreso, algunos de los cuales fueron clave en la votación de investidura del Pedro Sánchez. El informe del fiscal tiene previsto conocerse antes de las Navidades.