«Te voy a arruinar la vida»

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

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ANGEL MANSO

Amenazas, vejaciones, dominación, violencia. El Tribunal Supremo define cómo es el maltrato habitual en el hogar a raíz de un caso juzgado en A Coruña

25 sep 2021 . Actualizado a las 14:04 h.

«El autor creó una situación de dominio a través de actos de vejación, amenaza, menosprecio, humillación y control, plurales y prolongados en el tiempo, destinados a anular la libertad de la víctima y a impedir el libre desarrollo de su persona». Así define el Tribunal Supremo a un maltratador coruñés que fue condenado a 18 años de cárcel por maltrato habitual, amenazas y agresión sexual continuadas en el seno familiar. El Supremo, que confirma una sentencia de la Audiencia de A Coruña, ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza, destaca que el relato de hechos revela que el hombre ejerció «un ambiente de temor y dominación» sobre su pareja con reiteradas expresiones como «te voy a matar», «te voy a rajar a ti y a tu hija», «las calles de Coruña pueden ser muy peligrosas» o «te voy a arruinar la vida».

El agresor también violó de manera continuada a la hija de su pareja, lo que agravó más «el sometimiento físico y psíquico que ejerció sobre sus víctimas». Con esta sentencia, los magistrados del Tribunal Supremo establecen las características del maltrato habitual, y enumeran una serie de reglas sobre este delito:

maltrato habitual

Rompe la convivencia. Con el maltrato habitual se ataca el bien jurídico «que protege la pacífica convivencia entre personas vinculadas por lazos familiares».

el testimonio de la víctima

Muchas veces la única prueba. Destaca el Supremo que muchas veces la única prueba con entidad suficiente será el testimonio de la víctima, «por lo que no puede prescindirse de ella». Añade que «la declaración de la víctima es prueba de cargo bastante a analizar por el juez o tribunal».

dominación

Violencia psicológica. Con el maltrato habitual se ejerce «un clima de insostenibilidad emocional en la familia» mediante el empleo de «una violencia psicológica de dominación llevada a cabo desde la violencia física, verbal y sexual».

jerarquización

Él es el que manda. Con la violencia, el maltratador habitual lanza el mensaje que fija la «jerarquización de la violencia familiar» y que establece quién manda.

un hogar hostil

Daño psicológico. El Supremo advierte que el maltrato habitual trata de «impedir la vivencia en un estado hostil y vejatorio continuo». Y que su forma de manifestación puede ser física, pero también psicológica, pudiendo causar incluso más daño esta última.

convivencia insoportable

Miedo, ansiedad, depresión. El delito de maltrato habitual crea «una convivencia insoportable para la víctima, que vive y respira en una situación de miedo, depresión y ansiedad, temiendo incluso por su vida». Eso implica, dice el Supremo, «un claro desconocimiento, por parte del acusado, de la dignidad personal de la mujer».

violencia constante

Siempre presente. El maltrato habitual incluye una conducta en la que «la violencia está constantemente presente, creando una situación permanente de dominación sobre las víctimas, que las atemoriza impidiendo el libre desarrollo de sus vidas».

difícil concreción

Falla el recuerdo. El Supremo establece que en los casos de maltrato habitual prolongado en el tiempo «puede haber concreción, o no, de fechas, y puede ser difícil que la víctima o víctimas las recuerden con detalle». Pero señala que en la mayoría de los casos «se trata de una conducta repetitiva, lo que no provoca indefensión».

habitualidad

No importa el número de denuncias. Para el Tribunal Supremo, la habitualidad no es un problema aritmético: «Menos aun puede exigirse un número concreto de denuncias».

superioridad

Causada por la reiteración. No depende la habitualidad, por lo tanto, de que se acredite un número específico de actos violentos o intimidatorios. Para el alto tribunal, «lo determinante es crear una atmósfera que trasluzca un afianzado instrumento de superioridad y dominio hacia la víctima», causada por la reiteración de actos de violencia psíquica o física de diversa entidad.

ambiente infernal

Clima irrespirable. El maltratador habitual «ejerce un ambiente infernal e irrespirable que envuelve la convivencia a partir de los actos de violencia o cosificación» dirigidos en el tiempo sobre una o más víctimas».

crueldad

Maltrato en el hogar. Este delito tiene unas características de «especial crueldad» por parte del autor de un maltrato prolongado.

«El retraso en denunciar no puede minimizar la credibilidad de la víctima»

En las reglas que establece el Tribunal Supremo en la sentencia del caso coruñés destaca que el maltrato habitual produce un daño constante del que las víctimas «tienen la percepción de que no pueden salir». La circunstancia se agrava cuando el acosador es la pareja de la víctima, «lo que provoca miedo y sensación de no poder denunciar».

silencio de la víctima

Hasta que no aguanta más. En este delito puede que el silencio se prolongue hasta que la víctima no puede aguantar más o hasta que ocurre un hecho grave.

retraso en denunciar

No minimiza la credibilidad. Dice el Supremo que el retraso en denunciar actos de maltrato habitual «no puede ser tenido en cuenta para minimizar la credibilidad de la declaración de la víctima». Añade que por las propias características de este delito, «el silencio de las víctimas se manifiesta como una de las más relevantes, lo que agrava el resultado lesivo emocional y físico de las víctimas al final del recorrido del maltrato».

riesgo al denunciar

Miedo de la víctima. Es consciente el tribunal de que cuando la víctima se decide a denunciar o a querer romper la relación insoportable «se incrementa el riesgo de que los actos de maltrato pasen a un escenario de incremento grave del riesgo para la víctima».