La nueva ley de tráfico al detalle: más restricciones a la velocidad, al alcohol y a las distracciones

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

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La nueva ley de tráfico concede mayor protección a los ciclistas en carretera.
La nueva ley de tráfico concede mayor protección a los ciclistas en carretera. ALBERTO LÓPEZ

Entrará en vigor en marzo del 2022 y supondrá el primer paso de la nueva conducción

12 mar 2022 . Actualizado a las 23:12 h.

La publicación, el martes, en el Boletín Oficial del Estado del nuevo texto que modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial marca el primer paso de la que será la gran transformación de la movilidad en las carreteras y en los entornos urbanos. La nueva norma, que entrará en vigor a finales de marzo del 2022, plantea cambios estructurales que a medio y largo plazo cambiarán el modo en que se desarrolla el tráfico. Nada será igual que ahora. Esta ley supone la transformación más importante en el ámbito de la seguridad vial desde que se aprobó el carné por puntos. Y de eso hace ya 15 años.

La DGT sabe que «volver a situar a España en las cifras fijadas como objetivo [reducir a la mitad los muertos y heridos graves antes del 2030] implica tomar medidas estructurales que se inician con la presente modificación legal». Esta declaración de intenciones de la ley abre el camino del futuro del tráfico, ya que interviene sobre los pilares básicos de la seguridad vial: la velocidad, las distracciones (en especial, con los teléfonos móviles) y el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil y el casco de protección. Se trata de «cambiar comportamientos y actitudes», señalan fuentes de Tráfico, «como ocurrió cuando se puso en marcha el carné por puntos».

Velocidad sin excepciones. La nueva ley elimina la única excepción existente para superar los límites de velocidad y borra el artículo que permitía que turismos y motocicletas excediesen en 20 kilómetros por hora el límite genérico en carreteras convencionales cuando adelantasen a otro vehículo que no circulase ya a la velocidad máxima. Fue el tema más polémico durante la tramitación de la ley, pero el Gobierno logró sacarlo adelante. Su argumento: era una norma anticuada que chocaba con el principio de sistema seguro, que busca reducir los riesgos. No es el único cambio en la velocidad, pues ya se ha reducido a 90 kilómetros por hora el límite máximo en carretera, y se ha implantado el 30 por hora en las ciudades.

El peligro del móvil. Es el cambio más visible en la nueva ley, en la que Tráfico lucha expresamente contra el uso del teléfono móvil mientras se conduce. Es el principal factor de las distracciones, que ya son la primera causa de accidente mortal. Se sigue penalizando igual (con la pérdida de 3 puntos) su utilización sin un sistema de manos libres. Pero se añade una nueva sanción (de 6 puntos) para el uso del móvil, «sujetándolo con la mano», lo que parece una clara advertencia a quienes envían wasaps mientras conducen, una acción muy peligrosa porque se recorren cientos de metros sin mirar a la carretera.

El cinturón y el casco. Sorprende que el uso del cinturón de seguridad no esté generalizado, pero lo cierto es que uno de cada cuatro muertos en accidente en España no lo llevaban abrochado, y en muchos casos podrían haber salvado la vida si lo hubiesen utilizado. La nueva norma eleva de 3 a 4 puntos el castigo por no usarlo. Y no solo por eso, sino que también se sancionará el hecho de utilizarlo de forma inadecuada. Se aplicará la misma sanción en el caso de las sillitas infantiles (SRI) y del casco en las motos.

Los ciclistas. La ley les concede mayor protección. Son usuarios muy vulnerables cuando salen a la carretera y necesitan un tratamiento especial. El conductor de un vehículo que adelante a un ciclista deberá ocupar parte del carril contiguo para poder guardar una separación mínima de un metro y medio de distancia lateral. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, será obligatorio el cambio completo de carril para hacer el adelantamiento. En todo caso, queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario. Desde marzo del 2022, la infracción a esta norma supondrá la pérdida de 6 puntos.

El alcohol y las drogas. Conducir tras haber consumido alcohol en exceso o drogas es uno de los comportamientos más reprochables, y así lo sigue considerando la ley de tráfico. Pero hay dos aspectos claves que pueden indicar que el futuro será mucho más estricto con la conducción alcohólica. Por un lado, se añade una disposición a la ley para que a partir del 6 de julio del 2022 los autobuses dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque. Los conductores de esos vehículos estarán obligados a utilizar esos dispositivos. Por otro, ya desde marzo, la ley establecerá la tasa cero de alcohol para los conductores menores de edad (de motos, patinetes o bicicletas). Es decir, no tendrán un límite, como sucede, por el momento, con los mayores de edad.

Coche automatizado. Los avances tecnológicos están permitiendo el desarrollo de vehículos que plantean distintos niveles de automatización, hasta llegar a la conducción sin intervención del ser humano. La nueva ley recoge las bases para ese futuro más o menos inmediato y que necesitará un marco normativo que supera al actual. Por eso se incluye que el titular de un sistema de conducción automatizada deberá comunicar en el registro de la DGT las capacidades y el diseño del sistema operativo, así como garantizar su permanente actualización.

Más cambios. La ley de tráfico que entrará en vigor en marzo también será más dura con quienes cometen fraude en los exámenes de conducir, a los que impedirá presentarse durante seis meses. También aumenta el castigo (ahora con 6 puntos) para los que arrojen colillas u otros objetos puedan causar incendios o accidentes. Al tiempo, la norma premiará con puntos extra a quienes mejoren su destreza con cursos de conducción segura.