La mascarilla ya es obligatoria al aire libre, pero ¿cuándo me la puedo quitar?

Gabriela Consuegra
Gabriela Consuegra REDACCIÓN

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Ángel Manso

Estas son las excepciones a la regla que contempla el BOE del real decreto que regula la medida

01 feb 2022 . Actualizado a las 16:31 h.

Ha vuelto la mascarilla en exteriores. Es la apuesta del Gobierno para contener el avance de la pandemia, que ha empeorado como consecuencia de la variante ómicron. El regreso de esta medida ha suscitado las críticas de algunos presidentes autonómicos, como la dirigente de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y la reticencias de otros mandatarios, como los de Galicia, el País Vasco, Andalucía y Cataluña, que la consideran insuficiente y reclaman medidas complementarias.

En todo caso, la norma está vigente en el conjunto de España, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), desde este viernes a las 00.00 horas. Sin embargo, contempla varias excepciones. 

¿Tengo que usarla cuando voy por la calle?

Sí, para andar por la calle es imprescindible ir con la mascarilla. Así se pretende evitar que se genere algún contagio como consecuencia de las aglomeraciones. Hasta ahora solo era obligatoria si no se podía mantener la distancia de 1,5 metros, una instrucción que algunos directamente ignoraban, a pesar de que en este sentido Galicia siempre ha sido una de las comunidades más obedientes. Desde ayer, la mascarilla es obligatoria al aire libre en núcleos urbanos, aunque uno vaya solo de paseo por una calle vacía. La única excepción: el deporte individual. Se puede salir a correr por la ciudad sin ella, por ejemplo.

¿Los niños también tienen que cumplir con esta norma?

Sí. Según las modificaciones que constan en el BOE, todas las personas de seis años en adelante deberán usar la mascarilla en espacios cerrados, pero también al aire libre. La misma norma se aplicará en los transportes públicos.

¿Tengo que volver a trotar con la mascarilla puesta?

No necesariamente. De algunos errores se ha aprendido. En este caso, las autoridades han decidido que aquellas personas que hagan deporte al aire libre de manera individual no deberán cumplir con la medida. Es decir, que se puede ir a correr sin la mascarilla, pero siempre sin compañía. 

¿Y qué pasa si me escapo al monte?

Es la mejor estrategia para huir no solo de la mascarilla sino del contagio. La norma recoge que en los espacios naturales se puede hacer cualquier actividad, deportiva o no, sin mascarilla. En este caso detallan que, no será necesario cumplir con la medida siempre y cuando se pueda garantizar la distancia mínima de seguridad con otras personas que no sean convivientes. 

¿Se aplica lo mismo para ir a la playa?

Sí, siempre y cuando se pueda cumplir con los requisitos del punto anterior (la distancia con no convivientes). En realidad, la norma está orientada a los núcleos urbanos, porque es donde es menos probable poder guardar la distancia de seguridad. Pero un paseo por la orilla de la playa no hace daño a nadie. Pocos espacios mejor ventilados.

 ¿Y si tengo alguna patología respiratoria?

La norma contempla que las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla estarán exentas de usarla, aunque no determina esas patologías. También hace una excepción cuando se trate de personas que «por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien, presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización».