Los que acosen a las clínicas que realicen abortos pueden ir a la cárcel desde este jueves: así es la nueva ley

La Voz REDACCIÓN

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LEAH MILLIS | REUTERS

Los activistas provida no podrán organizar piquetes cerca de estos centros

14 abr 2022 . Actualizado a las 16:25 h.

La reforma del Código Penal que recoge los castigos a las personas que acosen a clínicas abortivas ha entrado en vigor este jueves. Por tanto, los que incurran en este tipo de acciones se arriesgan a ser condenados a penas de cárcel. Los activistas provida no podrán organizar piquetes, manifestarse con pancartas y dirigirse a embarazadas o a sanitarios que estén en los alrededores de estos centros, como ocurría en los últimos tiempos, una práctica muy común en ciertas zonas de Estados Unidos pero que recientemente se había extendido a España.

¿Cuáles son las prácticas delictivas?

El que en días se convertirá en el artículo 172 quater del Código Penal, indica en su punto primero que se impondrán las penas a quienes, «para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosen a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad». Dentro de esta amplia casuística parecen encajar los piquetes descritos en el preámbulo del propio texto legal, pero también la práctica de ecografías en vehículos o el ofrecimiento de cafés, que luego impiden la anestesia y la intervención. El artículo, en su punto segundo, añade que «las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los facultativos o directivos de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo».

¿De cuánto pueden ser las penas de cárcel?

La nueva ley consta de un artículo único que crea un subtipo del delito de coacciones, la obstaculización del aborto, que será castigado con cárcel de tres meses a un año o, a criterio del juez, con la pena alternativa de 31 a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

¿Pueden aplicar orden de alejamiento?

Los condenados, según las circunstancias, pueden tener que afrontar además una pena adicional de alejamiento. Se les prohibirá acudir a determinados lugares (en este caso los alrededores de las clínicas abortistas) por un tiempo de seis meses a tres años. No obstante, estas dos no serán las únicas penas que puede recibir el autor del nuevo delito. A estos castigos se les sumarían los que «pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso».

¿Quién impulsó la reforma?

La reforma, impulsada por los socialistas, responde a una recomendación del Defensor del Pueblo para crear «zonas seguras» que garanticen el libre acceso de las mujeres a estos centros sanitarios, a las directrices dictadas por la Organización Mundial de la Salud, a las quejas reiteradas de las propias embarazadas y a los llamativos datos revelados por un informe realizado por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, las que practican el 90 % de los abortos legales, elaborado a partir de las entrevistas a centenares de pacientes. La indagación concluyó que nueve de cada diez embarazadas que acudieron a abortar a los centros experimentaron «acoso» . Es más, dos de cada tres se sintieron amenazadas por la actuación de los «provida» que, según dijeron, las increparon, insultaron y coaccionaron para que cambiasen su decisión y las hostigaron con proclamas, fotografías, ecografías o fetos de juguete.

¿Quién apoyó la ley?

Toda la izquierda parlamentaria, los nacionalistas y Ciudadanos han sumado fuerzas para introducir en el Código Penal el nuevo delito. La reforma, impulsada por el PSOE, que inicialmente estaba restringida a la mayor protección legal de las embarazadas, fue completada en su tramitación parlamentaria con una enmienda pactada con Unidas Podemos, ERC, Ciudadanos y PNV que consideró igualmente delictiva la obstrucción al trabajo del personal de las clínicas. Solo el PP y Vox se han opuesto al encarcelamiento. Los populares ven un acto de censura previa, una «mordaza» a inocentes y la intención de «la ultraizquierda» de imponer la ley del silencio. La ultraderecha califica estas clínicas como «centros de exterminio» y la reforma como una iniciativa que favorece «a los que se lucran eliminando a seres humanos». La Asamblea de Asociaciones por la Vida, la Dignidad y la Libertad, que coincide con los argumentos de PP y Vox, considera que la reforma es inconstitucional.